Adicionalmente, través del Proyecto de Ley N° 569, el Gobierno Nacional busca aclarar que la utilización de los recursos del FAP, en caso de emergencia nacional, serán para cubrir los costos que sumen por encima del 0.5% del PIB.
RedacciónWeb Para salvaguardar el patrimonio de todos los panameños de futuras administraciones que contemplen la venta de las acciones de las empresas mixtas del país, la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate, el Proyecto de Ley N° 569 que “Que modifica artículos de la Ley 38 de 5 de junio de 2012, que crea el Fondo de Ahorro Panamá”.Dario Espinosa, Viceministro de Finanzas, explicó a los diputados que los cambios propuestos en el Proyecto de Ley N° 569, forman parte de la normativa que regía el Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD), el que fue absorbido por el FAP; por tanto, sólo se está retrotrayendo la norma.
Espinosa reitero “que no se contempla en esta administración la venta de las acciones y aclaró que si futuros gobiernos deciden vender, total o parcialmente, la participación del Estado en las empresas mixtas, el total de esos dineros irían al Fondo de Ahorro Panamá, que a su vez tiene por mandato invertir los activos y dineros que posee en beneficio de todos los panameños y que por Ley aprobada en 2012, solo pueden ser utilizados para atender catástrofes naturales y en caso de desaceleración económica”.
Adicionalmente, través del Proyecto de Ley N° 569, el Gobierno Nacional busca aclarar que la utilización de los recursos del FAP, en caso de emergencia nacional, serán para cubrir los costos que sumen por encima del 0.5% del PIB, derivados de los efectos de catástrofes naturales, ya que el Estado cuenta con las líneas de crédito contingentes con organismos multilaterales y/o seguros catastróficos para financiar costos asociados a emergencias menores al 0.5% del Producto Interno Bruto (PIB).