Oficinas públicas laborarán hasta mediodía el 24 y 31 de diciembre
Las instituciones bancarias se regirán por lo regulado en la resolución de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), este decreto tampoco aplica a la Autoridad del Canal de Panamá.
Con el fin de promover los lazos familiares, las costumbres y tradiciones nacionales, y en ocasión de celebrar las fiestas de navidad y año nuevo, el presidente Ricardo Martinelli –en uso de sus facultades constitucionales y legales- ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales, a partir de las 12 mediodía, los días 24 y 31 de diciembre de 2013.
Lo anterior consta en el Decreto Ejecutivo No. 873 de 13 de diciembre de 2013, del Ministerio de Gobierno, que lleva la firma del presidente Martinelli y el titular de la cartera en mención, Jorge Ricardo Fábrega.
Esta disposición exceptúa a las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando como: Idaan, las instituciones de salud (hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud tanto de la CSS como del Minsa), los servicios postales, Cuerpo de Bomberos, Servicio Nacional de Migración y la fuerza pública.
Las instituciones bancarias se regirán por lo regulado en la resolución de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), este decreto tampoco aplica a la Autoridad del Canal de Panamá.
Se aclara, además, que los términos en los procedimientos administrativos se suspenderán los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, de acuerdo a lo establecido en el Título V de la Ley 38 de 31 de julio de 2000.
El 25 de diciembre se conmemora la natividad de Jesús, fecha sagrada de regocijo y reflexión, asimismo, el 1 de enero de cada año, se celebra el advenimiento del nuevo año, tiempo de reunión familiar donde los panameños aprovechan para trasladarse a diferentes partes del país para estar con sus familias.