Acuerdo Sede del Parlacen garantiza inmunidad de los hermanos Martinelli
El Acuerdo Sede entre Guatemala y el Parlamento Centroamericano (Parlacen), es claro en reconocer derechos e inmunidades, sin distinguir entre diputados principales y suplentes, pero además no exige juramentación, solo identificarse mediante el carnet como miembro de ese cuerpo legislativo.
La advertencia la hizo el abogado Sidney Sittón tras analizar la situación generada por la detención en Guatemala de los hermanos Luis Enrique y Ricardo Martinelli Linares, ambos diputados suplentes.
El Acuerdo fue suscrito el 7 de octubre de 1996 y establece las condiciones de funcionamiento del PARLACEN, dentro del territorio guatemalteco. El artículo 5 señala claramente que los diputados gozan de inmunidad de arresto personal, detención, embargo y secuestro de su equipaje personal.
En tanto el internacionalista Pedro Sittón dijo que solo hay que leer el Reglamento del Parlacen, que en su artículo 27 que establece que los diputados ante ese organismo gozarán de inmunidades y privilegios en su país de origen y en los demás países centroamericanos de las inmunidades y privilegios que para los agentes diplomáticos se establecen en la Convención de Vienas sobre Relaciones Diplomáticas. En el país sede gozarán además de los privilegios que se establecen en el Tratado Sede.
Por su parte, el administrador de la Autoridad de Pasaportes de Panamá (APAP), Omar Ahumada explicó que los Martinelli presentaron ante las autoridades guatemaltecas la documentación expedida por el Parlamento Centroamericano (Parlacen).
Ellos tiene un pasaporte panameño el cual les fue renovado en el consulado de Panamá en Miami, en enero, donde la APAP tiene una línea directa. Al momento del trámite, no presentaban ninguna orden de restricciones de salida, expresó el funcionario.
En tanto, el ministro de Salud, Luis Sucre confirmó que autorizó el vuelo humanitario para el traslado de Luis Enrique Martinelli, el cual cumplió con los requisitos en materia de salud.
El Ministerio de Salud no puede negarles como panameños, sino tenían dificultades con otras tres instituciones que pudieran entrar, pero tenían que cumplir con los requisitos de cuarentena.
Según el abogado Pedro Sittón, los funcionarios no entienden que ese es un derecho constitucional. En Panamá -lo dice claramente el artículo 30- no hay pena de expatriación.
Sittón preguntó si cuando le dan permisos a Copa, KLM e Iberia acaso le dicen si puede entrar el panameño Fulano, Mengano o Sutano. El viaje de los Martinelli es comparable con el de los esposos Pichel. ¡Eso se llama derecho de repatriación!, explicó el internacionalista.
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