Altos cargos tienen 10 días para declarar patrimonio
La Contraloría General advirtió a los altos cargos del gobierno y autoridades electas que en el término de 10 días hábiles -a partir de la toma de posesión- deben presentar una declaración jurada de su estado patrimonial, mediante escritura pública (ante notario).
La medida se contempla en la Ley N° 59 de 29 de diciembre de 1999, que reglamenta el artículo 299 de la Constitución y dicta otras disposiciones contra la Corrupción Administrativa, específicamente las relacionadas con la presentación al inicio de sus funciones de los titulares de entidades gubernamentales y autoridades electas una declaración jurada de su estado patrimonial.
La normativa va dirigida al “Presidente y Vicepresidente de la República, Magistrados de la Corte Suprema y de los tribunales ordinarios y especiales, al Procurador de la Nación y de la Administración, los Jueces, Ministros y Viceministros de Estado, Presidente de la Asamblea Legislativa, los Rectores y Vicerrectores de universidades oficiales, Directores Generales, los Gerentes o Jefes de entidades autónomas, Directores Nacionales y Provinciales de los servicios de policía, el Defensor del Pueblo y, en general, todos los empleados y agentes de manejo de fondos públicos conforme al Código Fiscal”.
La declaración jurada debe contener las generales del funcionario y los bienes muebles e inmuebles que sean de su propiedad. El servidor público que incumpla este compromiso se le suspenderá el pago de sus emolumentos hasta tanto presente la declaración.
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