Concluye revisión de la nueva ley de marina mercante
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP), junto a los principales gremios marítimos y otras instituciones, culminaron las reuniones para la revisión de la Ley 57 del 6 de agosto de 2008, conocida como Ley General de Marina Mercante.
Se revisaron 188 artículos, se modificaron 70, se eliminaron 10 y se propusieron más de 12 artículos nuevos, todos aprobados de manera consensuada por la mesa de trabajo.
Se logró incluir varios temas innovadores y positivos en la revisión de la ley, entre ellos: la obtención de la Patente de Navegación a través de un proceso directo, sin necesidad de obtener una patente provisional de navegación y generar un número único de registro en las naves.
La modificación del proceso de notificación dentro del marco administrativo de la Dirección General de Marina Mercante, permitiendo específicamente las notificaciones especiales por correo electrónico en lugar de los edictos.
Se crea el Registro de Agentes Residentes de Naves de la Marina Mercante Nacional, se establece la obligación de inscribir previamente el título de propiedad del vendedor de una nave dentro del procedimiento de cambio de propietario. Esto garantiza mayor transparencia y seguridad en las transacciones.
Además se refuerza la seguridad jurídica para los acreedores hipotecarios de las naves inscritas en Panamá. A partir de ahora, la cancelación de una nave no afectará la validez de las hipotecas previamente inscritas en la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
Para fomentar el crecimiento de la flota panameña, se propone un nuevo Régimen de Incentivos.
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