Consejo Municipal modifica uso obligado de mascarillas
El Consejo Municipal de Panamá derogó el Acuerdo Nº 79 del 21 de abril 2020, que establecía el uso de mascarillas o cubrebocas de uso obligatorio en la capital y fijaba multas de entre 100 dólares a 1,000 dólares para los que violaban esa disposición.
Los concejales aprobaron un nuevo Acuerdo que establece nuevos lineamientos ajustados a las circunstancias actuales de los panameños y a los decretos gubernamentales que restringen la movilidad en el país.
La persona que viole en su día u hora de salida sin contar con un salvoconducto será sancionado de $50.00 a $1,000.00. De no contar con el dinero para cancelar la sanción, el Juez de Paz reemplazará dicha multa por trabajo comunitario.
Además será amonestado verbalmente, la persona que circule fuera de su residencia sin utilizar mascarilla o cubreboca para disminuir el contagio del COVID-19. En caso de reincidencia de las faltas, el sancionado deberá realizar trabajo comunitario en el corregimiento o en la entidad pública designada por el Juez de Paz de turno en coordinación con la Policía Nacional. La institución donde se realice estos trabajos deberán proveer de mascarillas, guantes y demás implementos necesarios para cumplir con la labor asignada.
A Se exceptúan de realizar trabajos relativo al ornato, limpieza, mantenimiento, decoración, construcción y reparación, las personas con afecciones cardíacas, presión alta y diabetes, siempre y cuando demuestren su condición clínica mediante certificado médico de profesional idóneo; de no contar con este documento se le otorgará al sancionado el término de tres días para aportarlo.
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