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Eléctricas andan con tijera al hombro (Video)
Siguen las denuncias de sobrecostos en los servicios de energía eléctricas y en arreglos de pago. Ensa responde.
Ante los numerosos cortes de servicio y denuncias de "arreglos" en los que clientes deben pagar sumas inesperadas, Crítica envió un cuestionario a la empresa de electricidad Ensa para aclarar dudas.
Según Ensa, en el caso de arreglo de pago, el cliente deberá realizar un abono inicial (dependiendo de cada caso) y el resto será financiado por un plazo definido y cada mes deberá pagar la letra acordada, más el consumo del mes.
Los usuarios del servicio se quejan por las sumas elevadas del abono inicial en los arreglos de pago y aseguran que hay sobrecostos en las tarifas que al hacer los reclamos el personal de atención al cliente no sabe cómo responder ni que excusa brindar.
Por otro lado, Ensa también dijo que "Sí podrán ser cortados (el servicio) aquellos clientes que aunque fueron beneficiados por la ley moratoria y cuyo consumo sea superior a 400 kWh/mes en promedio trimestral, que tengan saldos pendientes con más de 60 días (2 meses) y los que no hayan sido beneficiados por la ley de moratoria".
Según Ensa, en el caso de arreglo de pago, el cliente deberá realizar un abono inicial (dependiendo de cada caso) y el resto será financiado por un plazo definido y cada mes deberá pagar la letra acordada, más el consumo del mes.
Los usuarios del servicio se quejan por las sumas elevadas del abono inicial en los arreglos de pago y aseguran que hay sobrecostos en las tarifas que al hacer los reclamos el personal de atención al cliente no sabe cómo responder ni que excusa brindar.
Por otro lado, Ensa también dijo que "Sí podrán ser cortados (el servicio) aquellos clientes que aunque fueron beneficiados por la ley moratoria y cuyo consumo sea superior a 400 kWh/mes en promedio trimestral, que tengan saldos pendientes con más de 60 días (2 meses) y los que no hayan sido beneficiados por la ley de moratoria".
¿Cómo se está manejando lo de los acuerdos de pago?
Cuando el cliente tiene un saldo vencido, ENSA ofrece la facilidad de realizar acuerdos de pago y la posibilidad de hacer pagos a cuotas. Dicho acuerdo podrá ser solicitado a través de nuestra Línea de Atención o desde nuestros Centros de Atención al Cliente donde los ejecutivos analizarán el caso del cliente para establecer un acuerdo que sea conveniente para ambas partes.
Tras realizar el acuerdo, el cliente deberá realizar un abono inicial y el resto será financiado por un plazo definido y cada mes deberá pagar la letra acordada, más el consumo del mes.
Estos acuerdos de pago siempre han estado a disposición de los clientes de ENSA y, a raíz de las afectaciones de la pandemia, la compañía ha flexibilizado las condiciones que se tenían anteriormente para facilitar el pago por parte de los clientes.
Las cuotas del acuerdo deben ser cubiertas antes de la fecha de vencimiento establecida para evitar perder este beneficio. Se pueden solicitar hasta dos acuerdos de pago por cada doce meses.
¿Cuál es el monto mínimo y máximo para que la gente pueda optar por el arreglo de pago?
No tenemos un monto mínimo ni máximo para un acuerdo de pago, el cliente debe tener saldo moroso o facturas vencidas. El monto dependerá de las circunstancias particulares de cada cliente y es por eso que no pueden generalizarse los casos.
No tenemos un monto mínimo ni máximo para un acuerdo de pago, el cliente debe tener saldo moroso o facturas vencidas. El monto dependerá de las circunstancias particulares de cada cliente y es por eso que no pueden generalizarse los casos.
¿Cuándo se realizan los cortes y por qué?
De acuerdo con el Régimen de Suministro, un cliente está sujeto a corte una vez se emitan tres (3) facturas sin que hayan sido pagadas en su totalidad, es decir, que mantenga saldos en mora a 60 días (2 meses).
Todos los clientes de ENSA son notificados de los saldos pendientes ya sea por vía telefónica, mensajes de texto y principalmente en su factura. De ahí la importancia de que los clientes revisen la factura en su totalidad, ya que podrán ver la notificación del saldo pendiente y la advertencia de que está sujeto a corte.
Igualmente en la factura, donde se indica el estado de la cuenta debajo del total adeudado, pueden aparecer tres tipos de aviso dependiendo de la situación específica del cliente: al día en su pago, retraso en el pago o el cargo mínimo que debe cancelar para evitar que les suspendan el suministro eléctrico.
Con base en la Resolución AN No. 16605-elec del 28 de enero de 2021 de la ASEP, desde el 1 de marzo, las distribuidoras no podrán realizar cortes únicamente a los clientes beneficiados de la Ley No. 152 de 2020, que tengan un consumo promedio trimestral menor de 400 kWh/mes, ponderado a treinta (30) días calendario.
Sin embargo, sí podrán ser cortados, aquellos clientes que aunque fueron beneficiados por la ley moratoria y cuyo consumo sea superior a 400 kWh/mes en promedio trimestral, que tengan saldos pendientes con más de 60 días (2 meses) y los que no hayan sido beneficiados por la ley de moratoria.
De acuerdo con el Régimen de Suministro, un cliente está sujeto a corte una vez se emitan tres (3) facturas sin que hayan sido pagadas en su totalidad, es decir, que mantenga saldos en mora a 60 días (2 meses).
Todos los clientes de ENSA son notificados de los saldos pendientes ya sea por vía telefónica, mensajes de texto y principalmente en su factura. De ahí la importancia de que los clientes revisen la factura en su totalidad, ya que podrán ver la notificación del saldo pendiente y la advertencia de que está sujeto a corte.
Igualmente en la factura, donde se indica el estado de la cuenta debajo del total adeudado, pueden aparecer tres tipos de aviso dependiendo de la situación específica del cliente: al día en su pago, retraso en el pago o el cargo mínimo que debe cancelar para evitar que les suspendan el suministro eléctrico.
Con base en la Resolución AN No. 16605-elec del 28 de enero de 2021 de la ASEP, desde el 1 de marzo, las distribuidoras no podrán realizar cortes únicamente a los clientes beneficiados de la Ley No. 152 de 2020, que tengan un consumo promedio trimestral menor de 400 kWh/mes, ponderado a treinta (30) días calendario.
Sin embargo, sí podrán ser cortados, aquellos clientes que aunque fueron beneficiados por la ley moratoria y cuyo consumo sea superior a 400 kWh/mes en promedio trimestral, que tengan saldos pendientes con más de 60 días (2 meses) y los que no hayan sido beneficiados por la ley de moratoria.
¿Qué puede esperar un usuario cuando va a realizar un arreglo de pago?
Los usuarios serán atendidos por los ejecutivos de ENSA quienes tienen la responsabilidad y el deber de analizar cada caso para así, establecer un convenio que se ajuste al cliente y a su deuda.
Cuando se acuerdan estos convenios, el cliente debe hacer un abono inicial y el resto será financiado por un plazo definido.
Es importante que los clientes recuerden que pueden obtener información de utilidad como los saldos pendientes, sus consumos, entre otros en el APP de ENSA, y en nuestras redes sociales y página web.
Los usuarios serán atendidos por los ejecutivos de ENSA quienes tienen la responsabilidad y el deber de analizar cada caso para así, establecer un convenio que se ajuste al cliente y a su deuda.
Cuando se acuerdan estos convenios, el cliente debe hacer un abono inicial y el resto será financiado por un plazo definido.
Es importante que los clientes recuerden que pueden obtener información de utilidad como los saldos pendientes, sus consumos, entre otros en el APP de ENSA, y en nuestras redes sociales y página web.