Eliminan medidas de ingreso para viajeros que procedan de países de bajo riesgo
Según lo establecido en el nuevo decreto, la exoneración se hará válida "siempre que -el viajero- haya registrado de forma digital o presente de forma física su tarjeta de vacunación con el esquema completo.
Panamá- Los viajeros que ingresen a Panamá por aire, tierra o mar, que procedan de países de bajo riesgo ya no tendrán que realizarse pruebas para detectar Covid-19, así como tampoco estarán obligados a cumplir una cuarentena preventiva de 72 horas.
Estas medidas se adoptarán a partir de hoy, lunes, luego de la promulgación en la Gaceta Oficial número 29364-A, del Decreto Ejecutivo 833, mediante el cual el Gobierno Nacional exonera a los viajeros de tener que cumplir con estos requisitos antes solicitados, tomando en consideración los resultados de la estrategia de vacunación a nivel nacional e internacional contra la Covid-19.
Según lo establecido en el nuevo decreto, la exoneración se hará válida "siempre que -el viajero- haya registrado de forma digital o presente de forma física su tarjeta de vacunación con el esquema completo de las dosis aprobadas por la OMS, la FDA o la EMA (después de 14 días de su última dosis).
Pero si el viajero proviene de un país de alto riesgo epidemiológico de Covid-19 y no cuente con su esquema de vacunación completo, deberá presentar un resultado negativo de prueba PCR o de antígeno, de hasta 72 horas de vigencia o realizarse una a su costo en el puerto de entrada.
También deberán cumplir una cuarentena preventiva de 72 horas en su domicilio si es nacional o residente o en un hotel autorizado y a su costo, si es extranjero sin proceso migratorio, luego de la cual deberá realizarse una prueba Covid-19 (PCR o antígeno) y si el resultado es negativo finalizará la cuarentena.
La nueva normativa también establece que los pasajeros nacionales, residentes o extranjeros menores de 12 años, quedarán exonerados de realizarse cualquier tipo de prueba Covid-19 y de cuarentena preventiva de 72 horas si sus padres, tutores o cuidadores cumplen con los requisitos establecidos, según el nivel de riesgo epidemiológico del país de procedencia.
Este Decreto Ejecutivo deroga el Decreto Ejecutivo No. 804 de 22 de julio de 2021 y cualquier otra norma que le sea contraria.
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