¿Está suspendido temporalmente su contrato?, entérese aquí qué hacer? (Video)
La licenciada Cristal Lawson, asesora legal del Ministerio de Trabajo y Bienestar Laboral explica lo que se puede y no se puede hacer debido a la declaratoria de emergencia realizada por el Gobierno debido al coronavirus Covid-19 en Panamá.
Los contratos de trabajo solo pueden ser suspendidos desde una semana y hasta un máximo de cuatro meses y es ilegal que una empresa aplique una rebaja salarial al empleado en lugar de una rebaja de horas laborables apoyándose en la declaratoria de emergencia decretada por el Gobierno debido al coronavirus (Covid-19), así lo informó la licenciada Cristal Lawson, asesora legal del Ministerio de Trabajo y Bienestar Laboral (Mitradel).
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Según la funcionaria unas 3,500 empresas han solicitado "la suspensión de los efectos de los contratos de trabajo, lo que representa que alrededor de 82,000 trabajadores que se encuentran suspendidos (cesantes) hasta el día de hoy, apoyados el numeral 8 del artículo 199 del Código de Trabajo".
Artículo 199 del Código de Trabajo:
Son causas de suspensión temporal de los efectos de los contratos de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador y el empleador.
Numeral 8. -La fuerza mayor o caso fortuito cuando tenga como consecuencia necesaria, inmediata y directa la paralización temporal de las actividades de la empresa, del establecimiento u obra del empleador por un período mínimo de una semana. Esta causa de suspensión surtirá efectos desde la fecha en que se produjo el hecho que la constituye, conforme a esta norma, salvo los casos en que pese a la paralización de las actividades, la prestación del servicio resultase necesaria por razones de cuidado, mantenimiento, o a fin de evitar graves perjuicios económicos a la empresa.
Puntualizó que lo que el Código de Trabajo permite es la rebaja de las horas laborables a 6, 5 o 4 horas diarias, más no así la reducción del salario al trabajador y que este continúe trabajando la misma cantidad de horas, porque eso es ilegal, ya que se debe pagar las horas trabajadas prorateadas al salario que tiene.
A pesar de ello, esta irregularidad constituye una gran parte de las más de 1,300 denuncias que ha recibido el Mitradel desde que el Gobierno decretó el Estado de Emergencia e implementó las medidas restrictivas de movilidad para tratar de frenar la propagación del coronavirus y las empresas empezaron a cerrar, agregó.
Entre otras de las denuncias que constantemente son presentadas ante el Mitradel están las relacionadas con el no pago de vacaciones a personas que durante esta pandemia han sido obligados a tomarlas y el no pago del décimo tercer mes.
Por tal motivo el Mitradel habilitó la línea telefónica 800-0016 para denuncias, así como los números de WhatsApp 6860-5167 / 6860- 6623 y a través una sección de denuncias en su página Web www.mitradel.gob.pa.
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