Fallo: Inconstitucional ley que modificó límites de cuenca del Canal
El Canal de Panamá asume la responsabilidad constitucional sobre el área geográfica definida por la Ley n.° 44 de 1999, con el objetivo primordial de proteger sus recursos hídricos.
El Canal de Panamá ha sido notificado del fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declara inconstitucional la Ley n.° 20 de 2006, restableciendo así la vigencia de la Ley n.° 44 del 31 de agosto de 1999, la cual regula los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá (CHCP).
En virtud de esta decisión judicial, el Canal de Panamá asume la responsabilidad constitucional sobre el área geográfica definida por la Ley n.° 44 de 1999, con el objetivo primordial de proteger sus recursos hídricos. Este proceso se llevará a cabo en estrecha coordinación con las instituciones pertinentes, tal como lo establece la Constitución Política de la República de Panamá.
La Junta Directiva del Canal y su Administración trabajarán de manera conjunta con la administración del presidente José Raúl Mulino para implementar las acciones necesarias que permitan abordar de forma efectiva la crisis hídrica que enfrenta Panamá, procurando asegurar de manera sostenible el suministro de agua tanto para el consumo humano como para las operaciones de la vía interoceánica.
El actual ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro, y el abogado Juan Ramón Sevillano también presentaron en enero de este año una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 20 de 2006.
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