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Gobierno de Nito respetó especialidad de mexicano, pero ignora la de Martinelli

Luis Miguel Avila / Crítica Impreso

Mientras en Panamá se intenta vulnerar el Principio de Especialidad al expresidente Ricardo Martinelli, el Estado panameño le respetó este derecho al exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge, al no acceder a la solicitud de México para el levantamiento de esta norma especial.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados, devolvió a México una solicitud para la ampliación de la extradición y el consentimiento para el levantamiento de la regla de especialidad a Borge.

El Estado panameño indicó que no accedió a esta petición, porque la misma “no reúne los elementos” para proseguir con el análisis requerido en la materia, establecido en el artículo XVII del Tratado de Extradición signado entre ambos países en el 2004 y firmado por el entonces canciller y vicepresidente Samuel Lewis Navarro.

La decisión de la Cancillería de Panamá de respetar el Principio de Especialidad, es reciente, tiene fecha del 21 de marzo de 2021.

La decisión adoptada por las autoridades panameñas fue replicada por diversos medios de comunicación social de México.

El Principio de Especialidad es un elemento de Derecho Internacional aplicable a los procesos de extradición y consiste en que el Estado requirente, en este caso México, sólo puede juzgar a una persona extraditada por los supuestos delitos por los cuales su extradición fue autorizada, en este caso por Panamá.

Caso contrario, en Panamá han tratado de querer vulnerar ese principio al exmandatario Martinelli, el cual, al momento de ser extraditado al país lo hizo amparado bajo las reglas del Principio de Especialidad, por lo que solo podía ser juzgado por el caso pinchazos telefónicos, en el cual fue declarado no culpable en agosto de 2019 y luego se ordenó un nuevo juicio.

Borges ha sido acusado de cuatro delitos en su país natal, sin embargo, buscaba ser acreditado por un quinto, pero las autoridades panameñas no accedieron a la petición de su país natal. Para poder imputar este nuevo delito, México debió contar con la anuencia de Panamá, a través del levantamiento del Principio de Especialidad, algo que no se produjo.

Esta no es la primera vez que Panamá respeta la especialidad a un extranjero que enfrenta algún tipo de proceso legal en el país.

En el 2018, la Cancillería del varelismo le advirtió a Ucrania que el principio de especialidad por el cual fue extraditado Vladyslav Kaskiv era irrevocable, por lo cual el sujeto en mención no podría ser juzgado por ninguna otra causa penal, solo por la cual se extraditó: delito de apropiación indebida de bienes ajenos mediante del abuso de cargo por un funcionario.

A inicios de este año, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en el fallo por el caso seguido al dominicano Gilberto Ventura Ceballos, le respetó la especialidad.

A Gilberto Ventura Ceballos, quien había sido condenado a 50 años de cárcel por el Segundo Tribunal de Justicia por el homicidio de cinco jóvenes chorreranos, la Sala Penal le rebajó su condena a 30 años, luego de reconocerle lo pactado en el acuerdo de extradición con la República Dominicana, en el 2011.

En su momento, Luis Eduardo Camacho González, como el abogado que representó a Martinelli en la reclamación internacional ante Naciones Unidas (ONU), exigió que se le respeten también sus garantías, recordando que cuentan con un dictamen que señala que Panamá y el Órgano Judicial violaron sus derechos humanos.

Enfatizó Camacho González que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU fue claro al advertir que la detención y otras actuaciones adoptadas en el gobierno pasado contra Ricardo Martinelli violaron tratados internacionales.

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