Hay menos beneficiarios del vale digital; te explicamos por qué
El alto funcionario recordó que las razones por las cuales un trabajador puede dejar de recibir el beneficio se estableció a través del Decreto Ejecutivo #342 del 1 de julio de 2021.
Panamá- La cantidad de beneficiarios del Programa Panamá Solidario ha ido disminuyendo de con el paso de los meses y actualmente hay mechos menos de los 750,000 que había en un inicio de la panademia, según informó el viceministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Roger Tejada.
El alto funcionario recordó, en una entrevista en Telemetro, que las razones por las cuales un trabajador puede dejar de recibir el beneficio se estableció a través del Decreto Ejecutivo #342 del 1 de julio de 2021, donde se plasmaron las nuevas reglas para poder seguir siendo beneficiario del Programa Panamá Solidario, específicamente del vale digital, pero también porque dejaría de recibirlo.
Mencionó que entre las excepciones que se establecieron para la suspensión del vale digital se encuentra la reactivación oficiosa que ha hecho el Ministerio de Trabajo de más de 10,000 contratos, por lo cual los trabajadores deben revisar la plataforma del Mitradel, en el módulo de reactivación de contratos y verificar "si aparecen reactivados o no, porque de aparecer allí saldrán de la plataforma como beneficiarios del Programa Panamá Solidario, porque van a estar reintegrándose a sus puestos de trabajo".
El Gobierno mediante en el modificó el artículo 3 del Decreto Ejecutivo #342 del 1 de julio de 2021, modificó el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 400 del 27 de marzo de 2020, modificado por el artículo I del Decreto Ejecutivo No. 833 de 18 de diciembre de 2020, y estableció que "se exceptúan del Plan Panamá Solidario las personas o grupos de población que sean servidores públicos, trabajadores asalariados activos, jubilados y pensionados.
LEE TAMBIÉN: Asociación de Fumadores rechaza nota de prensa sobre proyecto de Ley 178En esta lista también se incluyó a contribuyentes cuya última declaración de renta sea superior a $11.000.00 y cuya actividad económica haya sido reactivada, a los independientes cuya actividad económica haya sido reactivada, a los miembros de un mismo núcleo familiar en el que exista un beneficiario activo y en los que uno de sus miembros sea un servidor público.
La medida también abarcó a los beneficiarios de los programas de transferencia monetaria condicionada del Mides, exceptuando el Programa Ángel Guardián, a las personas con propiedades registradas con un valor catastral mayor a $180,000.00, a los clientes residenciales que reflejen consumos mayores a 400kWh de electricidad al mes, a las personas que hayan sido sancionadas por incumplir las medidas de bioseguridad establecidas por la autoridad sanitaria para evitar la propagación de la COVID-I 9. 12.
También entran entre los no beneficiados las personas que presenten información falsa para su inclusión en la plataforma de beneficiarios, las que sean sancionadas por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias ilícitas, las que no cumplan mensualmente con las corresponsabilidades establecidas en este Decreto Ejecutivo para continuar recibiendo el beneficio del Plan Panamá Solidario.