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Instituciones públicas podrán contratar a médicos que laboran en sector privado
La decisión obedece a que el Estado "reconoce la necesidad de reforzar la fuerza médica laboral en áreas de atención especializada y no especializada por el incremento de casos de COVID-19
Los médicos que trabajan en el sector privado podrán laborar en las instituciones públicas, mientras esté vigente el Estado de Emergencia decretado por la pandemia del coronavirus.
El presidente de la República, Laurentino Cortizo, promulgó este lunes el decreto 879 del 6 de agosto de 2020, el cual agrega el artículo 11-A al Decreto Ejecutivo 330 del 8 de noviembre de 2017, en relación a este tema.
"Cumplido el orden de prelación establecido en el artículo 11 de este decreto ejecutivo, las instituciones púbicas de salud podrán contratar en el área requerida, y por servicios profesionales con emolumentos equivalentes al pago de turnos, a los médicos panameños idóneos que ejerzan su profesión en el sector privado", detalla el decreto.
La decisión obedece a que el Estado "reconoce la necesidad de reforzar la fuerza médica laboral en áreas de atención especializada y no especializada por el incremento de casos de COVID-19, que conlleva al agotamiento y desgaste de los profesionales de la salud".
Agrega el documento que el personal médico es insuficiente durante estos días de lucha contra la pandemia del coronavirus.
El decreto comenzó a regir desde su promulgación y las disposiciones establecidas tendrán efecto mientras subsista la declaración de emergencia.
A cinco meses de la llegada del nuevo coronavirus al país, el equipo sanitario ha expresado su agotamiento, sobre todo durante los últimos meses cuando la cantidad de casos ha aumentado.
En este sentido el Ministerio de Salud (Minsa) ha realizado convocatorias tanto para la contratación de doctores de medicina general, como de especialistas.
No obstante, la respuesta no ha sido la esperada por el Minsa, que no ha descartado la posibilidad de contratar, parcialmente, a especialistas extranjeros.