Migración acatará fallo de la CSJ sobre cobro de trámites a venezolanos
Según dio a conocer la entidad el mencionado decreto contraviene los artículos 4, 19 y 20 de la Constitución Política de la República de Panamá.
El Servicio Nacional de Migración de Panamá acatará el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la cual resolvió que el artículo 4 del Decreto No. 249 del 10 de junio de 2019 es inconstitucional.
Según dio a conocer la entidad el mencionado decreto contraviene los artículos 4, 19 y 20 de la Constitución Política de la República de Panamá, ya que en su parte resolutiva se señala que "no puede haber fueros ni privilegios o tratamiento especial para los extranjeros que se encuentren en el territorio nacional".
Este fallo obliga a Migración Panamá a cobrar el monto correspondiente a los nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, el cual también pagan "todos los nacionales de aquellos países sin acuerdo de supresión de visado, independientemente del trámite a realizar y sin ningún tipo de discrecionalidad".
Por otro lado, la mañana de hoy la Policía Nacional tuvo que dispersar a un grupo de nicaragüenses que se mantenían protestando afuera de la embajada de su país exigiendo que los ayuden a regresar a su nación.