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Piden a diputados investigar denuncia contra magistrados
La Ley 63 de 28 de agosto de 2008, obligaba que a partir de septiembre de 2016 en el Primer Distrito el Ministerio Público debía iniciar los procesos penales bajo el nuevo Código Procesal Penal.
Una denuncia para investigar a magistrados de la Corte Suprema de Justicia que a través de un fallo reformaron una ley de la República, duerme desde hace más de un año en la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional.
El abogado denunciante Ricardo Alberto Chanis pidió cortesía de la sala para explicar a la Comisión de Credenciales la denuncia presentada el 16 de julio de 2018 contra Jerónimo Mejía, Abel Zamorano, Harry Díaz, Luis Ramón Fábrega, Efrén Tello, Luis Mario Carrasco, Secundino Mendieta e incluyó a Oydén Ortega, quien ya no forma parte del Organo Judicial.
Ricardo Chanis alega que los magistrados –mediante un Habeas Corpus bajo la ponencia de Jerónimo Mejía- decidieron aplazar la entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 2 de septiembre de 2016 al 1 de enero de 2018, asumiendo funciones que solo competen a la Asamblea Nacional.
Ricardo Chanis alega que los magistrados –mediante un Habeas Corpus bajo la ponencia de Jerónimo Mejía- decidieron aplazar la entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 2 de septiembre de 2016 al 1 de enero de 2018, asumiendo funciones que solo competen a la Asamblea Nacional.
La Ley 63 de 28 de agosto de 2008, obligaba que a partir de septiembre de 2016 en el Primer Distrito el Ministerio Público debía iniciar los procesos penales bajo el nuevo Código Procesal Penal, indistintamente de cuando ocurrieron los hechos investigados.
En base a la norma anterior, la CSJ, en fallos de 17 y 27 de marzo de 2017 confirmó que el Código Procesal Penal se aplica a todos los procesos penales que se quieran iniciar después de haber entrado en vigencia, con independencia de la fecha en que ocurrieron los hechos
No obstante lo anterior, menos de tres meses después de la confirmación de la regla anterior por la propia CSJ, los magistrados denunciados, con la ponencia de Jerónimo Mejía, se pronunciaron en un fallo de fecha 5 de junio de 2017 en contra de sus propios fallos previos y reformando una ley de la república.