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Restringen acceso a información a notas y discusiones por 10 años

La Resolución 71 del 4 de agosto de 2021 fue firmada por el vicepresidente de Panamá, José Gabriel Carrizo, en su condición de ministro de la Presidencia.

Redacción / EFE

El Gobierno de Panamá dijo este sábado que emitió una resolución que restringe durante 10 años el acceso a las actas y constancias de discusiones en el Consejo de Gabinete o de ministros, una medida que le ha ganado duras críticas y acusaciones de falta de transparencia.

La Resolución 71 del 4 de agosto, que entró en vigor el viernes al ser publicada en la gaceta oficial, declara "como información de acceso restringido la correspondiente a las actas, notas, archivos y otros registros o constancias de las discusiones o actividades del Consejo de Gabinete, del presidente o vicepresidente de la República", informó la Presidencia.

En un comunicado, argumentó que la resolución se fundamenta en el artículo 14 de la vigente Ley de Transparencia o Ley 6 de 2002, que "establece taxativamente un listado de la información considerada de acceso restringido, facultando a todas las instituciones y órganos del Estado para que, mediante Resolución, así lo declaren".

Esa ley también permite "que se levante la restricción cuando dejen de existir las razones que justificaban su acceso restringido", señaló este sábado el Gobierno panameño presidido por Laurentino Cortizo, sin especificar las causas que justifican la medida.

"Es importante destacar que la norma exceptúa de estas restricciones a aquellas informaciones correspondientes a discusiones o actividades relacionadas con las aprobaciones de contratos, las cuales no se encuentran contempladas dentro de la declaratoria de acceso restringido", agregó la información oficial.

UN GOLPE A LA TRANSPARENCIA CONTRARIO A LA CONSTITUCIÓN

El experto constitucionalista Ernesto Cedeño dijo este sábado a Efe que "se desconocen las razones" que llevaron al Ejecutivo a establecer esta restricción a la información que, a su juicio, viola un artículo constitucional, razón suficiente para reformar la Ley 6 de 2002.

La Resolución 71 "lo que establece es un blindaje, evita que el pueblo acceda a la información y eso va en contra de lo que dice el Artículo 2 de la Constitución: 'el poder emana del pueblo'. Si el pueblo quiere saber qué se habló (en el Consejo de Ministros), salvo que sea secreto de Estado, no debería haber ningún tipo de impedimento", dijo el experto.

"Si el presidente Cortizo hubiera considerado que no hay nada que ocultar, que no le interesa que el pueblo acceda a esa información no hubiera expedido esa resolución", opinó Cedeño.

Recordó que, por ejemplo, el Ejecutivo está en proceso de elegir a dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y "si uno quisiera saber quién propone a quién, cuál es tipo de debate que hubo, no se va poder porque todo se oculta".

Por su parte, el diputado independiente Juan Diego Vásquez, acusó al presidente Cortizo de ser un "cobarde que esconde lo que habla y decide".

"La Asamblea Nacional (Parlamento) es imperfecta, pero lo que se habla y vota es público", afirmó Vásquez en un mensaje en Twitter, y recordó que el presidente de la República "no está manejando su empresa, maneja un país, y por Constitución debe responder a su pueblo". 


 

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