Sancionan ley que suspende contratos hasta fin de año
El presidente Laurentino Cortizo sancionó la Ley 157, que establece medidas temporales hasta el 31 de diciembre en las empresas afectadas por el Covid-19, de las cuales se destaca la prohibición de la contratación de trabajadores nuevos, en igual o similar posición a la de los empleados cuyos contratos estén suspendidos, en aquellas empresas que sean reabiertas.
La ley promulgada ayer en Gaceta Oficial establece que los trabajadores que no reciban partida del décimo tercer mes, por razón de la suspensión de los efectos de sus contratos, al no haber laborado entre el 15 de abril y el 15 de agosto de 2020, tendrán derecho a un bono cuya cuantía será determinada por el Órgano Ejecutivo y pagada a través del Ministerio de Economía y Finanzas.
El empleador pagará proporcionalmente la suma que corresponda a la segunda partida del décimo tercer mes a los trabajadores que hayan laborado parcialmente en este período.
Para los empleados que trabajaron de forma ininterrumpida en el mismo periodo de tiempo, recibirán el pago de acuerdo al Decreto de Gabinete N° 221 de 18 de noviembre de 1971, conforme se computa regularmente: un día de salario por cada once días o fracción de trabajo efectivo.
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