Tras fallo a favor de Uber, transportistas exigen liberar precio del pasaje
Luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia que elimina limitantes a las plataformas de transporte como Uber, Cabify y otras, y ante la inminente expansión de estos servicios a todo el territorio nacional, el gremio de transportistas del interior del país anunció que iniciarán una lucha para exigir la liberalización de las tarifas en el pasaje, entre otras desregulaciones.
El Consejo de Transporte del Interior (Cotradin) comunicó a la ciudadanía y a los transportistas que si los responsables de las plataformas de transporte y sus conductores pueden operar en todo el país al margen de las leyes y decretos que sí se aplican en taxis y buses de todas las rutas, entonces ellos también deben eximirse de cumplirlas.
"Exigiremos la liberación de las tarifas del transporte público, tanto colectivo como selectivo, de manera que sean las prestatarias que fijen el valor tarifario de acuerdo a la conveniencia comercial de cada ruta o zona de trabajo", expresa un comunicado de Cotradin.
"Exigiremos liberar el uso de color, distintivos, letreros, uniforme, certificado de operación o cualquier tipo de restricción que afecte la voluntad y derecho de propiedad del transportista en la prestación del servicio".
"En igualdad de condiciones, exigiremos regirnos únicamente por el Código de Comercio, como norma que regula toda actividad comercial en el país".
El comunicado lleva la firma del presidente de Cotradin, Jaime Abrahams Aguilar, y de Guillermo Rivera, Secretario.
Días atrás se conoció que la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema anuló por ilegal dos artículos del Decreto 331 del 31 de octubre de 2017 que establecía limitantes a las plataformas de transporte, y respondió a una demanda presentada en diciembre de ese mismo año por la Asociación de Consumidores Libres.
Los artículos anulados son los que establecen la prohibición del pago en efectivo y los que limitan el servicio a la ciudad de Panamá y las provincias de Panamá Oeste, Colón y Coclé.
El fallo tiene fecha del 26 de diciembre de 2019.
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