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Restricciones, aperturas y prohibiciones, a partir de mañana 1, en Herrera
Se establece además que a partir del 1 de febrero, se permitirá la circulación de personas sin distingo de género en los horarios permitidos.
Los herreranos deberán acatar a partir de este lunes, 1 de febrero, una serie de medidas sanitarias impuestas por el Ministerio de Salud y contempladas en Decreto No. 65 del 28 de enero del 2021.
Vuelven las restricciones de acuerdo al género para el ingreso a los establecimientos comerciales autorizados, de la siguiente forma: lunes, miércoles y viernes las mujeres; y martes y jueves, los hombres.
En las entidades bancarias el acceso será de la siguiente manera: lunes y miércoles podrán asistir las mujeres, y los martes y jueves los hombres, mientras que los días viernes las personas podrán acceder a las sucursales sin distinción de género.
Se establece además que a partir del 1 de febrero, se permitirá la circulación de personas sin distingo de género en los horarios permitidos.
El decreto señala además que se mantiene el toque de queda desde las 9:00 pm hasta las 4:00 am de lunes a viernes y cuarentena total de fines de semana.
A partir de este 1 de febrero se inicia la apertura gradual de los comercios por lo que en esta primera fase se permitirá la venta en línea y con entrega a domicilio, más no así resencial, para el comercio al por menor.
Vuelven las restricciones de acuerdo al género para el ingreso a los establecimientos comerciales autorizados, de la siguiente forma: lunes, miércoles y viernes las mujeres; y martes y jueves, los hombres.
En las entidades bancarias el acceso será de la siguiente manera: lunes y miércoles podrán asistir las mujeres, y los martes y jueves los hombres, mientras que los días viernes las personas podrán acceder a las sucursales sin distinción de género.
Se establece además que a partir del 1 de febrero, se permitirá la circulación de personas sin distingo de género en los horarios permitidos.
El decreto señala además que se mantiene el toque de queda desde las 9:00 pm hasta las 4:00 am de lunes a viernes y cuarentena total de fines de semana.
A partir de este 1 de febrero se inicia la apertura gradual de los comercios por lo que en esta primera fase se permitirá la venta en línea y con entrega a domicilio, más no así resencial, para el comercio al por menor.
Los comercios y actividades autorizados para operar de forma presencial, pero con restricción de ingreso por género, son los siguientes:
- Establecimientos de venta de alimentos; farmacias, ferreterías, auto repuestos y lavanderías.
- Industria de la construcción y actividades relacionadas.
- Servicios administrativos y generales (alquiler de autos, alquiler de bienes muebles, servicio de apoyo a negocios; centros de copiado; agencias de viaje; promotores, agentes y
representantes de espectáculos artísticos, deportivos, académicos; investigación científica; servicios de marketing y publicidad; consultorías; ONG´s.
- Servicios profesionales con idoneidad.
- Talleres de mecánica, chapistería, electromecánica y refrigeración; plomería; electricidad; sistemas de refrigeración y aire acondicionado; ascensores; limpieza de piscinas.
- Servicios prestados a domicilio como limpieza y jardinería; terapias médicas.
- Lugares de culto con aforo hasta el 25 por ciento.
- Comercio al por mayor, para entrega exclusiva a los establecimientos comerciales permitidos en el decreto ejecutivo De igual forma se permiten los deportes al aire libre sin contacto físico (por ejemplo: trotar, caminar, bicicleta, etc.), así como la visita a playas y balnearios únicamente de lunes a viernes de 6:00 am hasta las 4:00 pm.
- Industria de la construcción y actividades relacionadas.
- Servicios administrativos y generales (alquiler de autos, alquiler de bienes muebles, servicio de apoyo a negocios; centros de copiado; agencias de viaje; promotores, agentes y
representantes de espectáculos artísticos, deportivos, académicos; investigación científica; servicios de marketing y publicidad; consultorías; ONG´s.
- Servicios profesionales con idoneidad.
- Talleres de mecánica, chapistería, electromecánica y refrigeración; plomería; electricidad; sistemas de refrigeración y aire acondicionado; ascensores; limpieza de piscinas.
- Servicios prestados a domicilio como limpieza y jardinería; terapias médicas.
- Lugares de culto con aforo hasta el 25 por ciento.
- Comercio al por mayor, para entrega exclusiva a los establecimientos comerciales permitidos en el decreto ejecutivo De igual forma se permiten los deportes al aire libre sin contacto físico (por ejemplo: trotar, caminar, bicicleta, etc.), así como la visita a playas y balnearios únicamente de lunes a viernes de 6:00 am hasta las 4:00 pm.
Actividades como salones de belleza y barberías, lava autos, gimnasios, salas de masaje y spa´s no están contempladas en esta etapa de la reapertura gradual en la provincia.
Se mantienen vigentes las prohibiciones establecidas en el decreto 62 de 13 de enero de 2021.
EtiquetasSe mantienen vigentes las prohibiciones establecidas en el decreto 62 de 13 de enero de 2021.