Cabo segundo, niñera y dos compinches pa' la chirola por trasegar marihuana
Durante el acto se conoció que los ahora sindicados fueron aprehendidos el pasado 7 febrero 2020, a eso de las 3:55 p.m., en la barriada El Gavilán, ubicada en Balboa, Ancón, cerca de un hostal.
La detención provisional por seis meses le fue decretada a cuatro personas, entre ellos un cabo segundo de la Policía Nacional y una mujer que se dedica a ciudar niños, durante una audiencia realizada este domingo en el Sistema Penal Acusatorio en Plaza Ágora, por delitos relacionados con el tráfico de drogas.
La medida le fue impuesta luego de que un juez de garantías, durante una audiencia de control, declaró legal la aprehensión a Mabdiel Moreno Ocampo (cabo segundo), Emilio Córdoba Rojas, Rafael Muñoz Moreno y de Angel Tanishka Mancilla Girón, a los cuales también les imputó cargos por el delito contra la seguridad colectiva agravada en calidad autores.
Durante el acto se conoció que los ahora sindicados fueron aprehendidos el pasado 7 febrero 2020, a eso de las 3:55 p.m., en la barriada El Gavilán, ubicada en Balboa, Ancón, cerca de un hostal.
Ese día la policía, mediante una llamada, fue alertada de que supuestamente había unos sujetos sospechosos en ese lugar.
Cuando los uniformados llegaron a la barriada divisaron a 5 personas reunidas en actitud sospechosa, y cuando uno de ellos se dio cuenta de que los uniformados se aproximaban se escapó de la escena en un sedán blanco, dejando atrás a sus compinches que estaban en un taxi.
Los uniformados aprehendieron a los sospechosos, entre ellos la mujer y mediante una diligencia de allanamiento ubicaron poco más de mil dólares dentro de una bolsa que había dejado caer el conductor del sedán blanco y 4 paquetes de marihuana escondidos en una mochila en poder de los ahora imputados.
En la audiencia también se estableció que Córdoba Rojas trabaja y maneja taxi, Muñoz Moreno, quien vive en Taboga tiene dos empleos con bajos salarios, que Mancilla Girón se dedicaba a cuidar niños en El Chorrillo, y que el cabo segundo devengaba una salario de mil 200 mensual.
Según el artículo 321 el delito contra la seguridad colectiva agravada conlleva una pena de entre 8 a 12 años de prisión.