Corte Interamericana aborda por primera vez la criminalización del aborto
En El Salvador, las mujeres que sufren complicaciones del embarazo que dan lugar a abortos espontáneos y mortinatos son habitualmente sospechosas de haberse practicado un aborto, prohibido en todas las circunstancias y tipificado como homicidio agravado
Varias personas participan en un acto para conmemorar a "Beatriz", el nombre ficticio con el que se conoció a una joven de 22 años que padecía lupus y que pidió a la Corte Suprema de Justicia abortar en 2013 en San Salvador, el cual le fue negado. EFE
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Por: San José / EFE -
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) comenzó este miércoles una audiencia de dos días en la que por primera vez aborda el tema de la criminalización del aborto, específicamente el caso de "Manuela", una mujer que sufrió un parto extrahospitalario y que fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado por aborto en El Salvador.
La demanda responsabiliza al Estado salvadoreño por violaciones a los derechos a no ser privada de libertad arbitrariamente, a la presunción de inocencia, a la protección judicial, al de defensa, al de recurrir el fallo, al de la salud, al de la vida privada, al de la vida, al principio de igualdad y al de no discriminación.
El obstetra especialista en embarazos de alto riesgo Guillermo Ortiz, en calidad de perito propuesto por la representación de la víctima, afirmó en la audiencia ante la CorteIDH que según la historia clínica del caso, Manuela presentaba un embarazo de "alto riesgo" y que sufrió "un parto extrahospitalario intempestivo" el 28 de febrero de 2008.
Ortiz dijo que al llegar al hospital la mujer padecía una hemorragia postparto ocasionada por placenta retenida, un desgarro del canal del parto y una preeclampsia o hipertensión causada por el embarazo, y que además Manuela padecía un cáncer linfático detectado un año atrás que volvía su embarazo aún de más riesgo.
El médico aseguró que "estamos ante un caso de complicación severa de un embarazo de alto riesgo" y que la mujer recibió una atención médica "deficiente".
El perito enfatizó en que desde un principio los médicos abordaron la situación como un aborto cuando había factores que eran incompatibles con ese término, como por ejemplo la preeclampsia.
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Según Ortiz, una reforma al Código Penal de El Salvador aprobada en 1998 penalizó el aborto y obligó a los médicos a denunciar ante las autoridades judiciales casos sospechosos de aborto e incluso a interrogar a las pacientes sobre asuntos que se separan del tema médico.
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Esto, dijo Ortiz, viola el secreto profesional de los médicos y les genera una presión por denunciar, y a las mujeres les creó un temor de acudir a los centros de salud en casos de emergencias obstétricas, pues podían ser acusadas de aborto y esposadas a la cama del hospital.
Según los representantes de la víctima, Manuela vivía en situación de pobreza en una zona rural donde en febrero de 2008 sufrió una caída mientras lavaba ropa en un río. Al día siguiente, la mujer comenzó a sentir un fuerte dolor pélvico y abdominal, expulsó el feto y se desmayó.
Manuela fue detenida "en flagrancia" mientras recibía atención medica, fue condenada a 30 años de prisión en agosto de 2008 y en abril de 2010, a los 33 años de edad, murió a raíz del cáncer que padecía y que, según la demanda, tampoco fue tratado adecuadamente.
En El Salvador, las mujeres que sufren complicaciones del embarazo que dan lugar a abortos espontáneos y mortinatos son habitualmente sospechosas de haberse practicado un aborto, prohibido en todas las circunstancias y tipificado como homicidio agravado, cuya pena de cárcel es de 30 años.
En la audiencia también rindió declaración la perita Laura Clérico, quien fue propuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que es el ente encargado de elevar las demandas anta la CorteIDH.
Clérico manifestó que en el caso de Manuela el derecho a la salud fue "restringido de manera extrema con la criminalización de la emergencia obstétrica" desde que ingresó al centro médico.
"Este no es un caso aislado. Da cuenta de los problemas estructurales en la historia de Manuela y de otras personas en situaciones similares. Manuela no pudo acceder a la educación básica, no sabía leer ni escribir, no tenía acceso a la salud sexual integral ni a los métodos anticonceptivos modernos, y no tuvo acceso a atención de salud de calidad", expresó la perita.
Clérico aseguró que Manuela fue criminalizada desde que llegó al hospital cuando fue interrogada por los médicos sobre aspectos personales de su vida y bajo una serie de estereotipos de género que "son la base de la prohibición absoluta del aborto en El Salvador".
"La criminalización afecta en forma desproporcionada a mujeres como Manuela. Hay un perfil de mujer que está siendo criminalizada: mujeres jóvenes, pobres y que viven en la ruralidad", aseveró Clérico.
La experta señaló que la información que Manuela brindó a los médicos en confianza fue utilizada en su contra para el proceso penal y que la defensa pública que atendió el caso "invisibilizó" a la mujer.
La audiencia concluirá el jueves con los alegatos finales de las partes. EFE