Empleadores que no paguen riesgos profesionales podrán ser demandados por la vía

La nueva ley, los trabajadores a los que no se les ha pagado la prima de riesgos profesionales podrán acudir a la CSS, quien certificará el monto de la obligación para que la consigne en el término de cinco días hábiles.
Empleadores que no paguen riesgos profesionales podrán ser demandados por la vía

Empleadores que no paguen riesgos profesionales podrán ser demandados por la vía

Por: Redacción/ Web -

Los empleadores que no paguen las primas a que tienen derechos sus trabajadores en concepto de riesgos profesionales, previa certificación de expedida por la Caja de Seguro Social (CSS), podrán ser demandados por la vía civil, a través de un proceso ejecutivo de rápida tramitación.

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Así quedó establecido en la Ley 72 de 13 de febrero de 2019, publicada en la Gaceta Oficial, que reformó el artículo 42 del decreto de Gabinete 68 de 1970.

Esta reforma expresa que la certificación que emita la CSS, que el empleador no pago la prima de riesgos profesionales al trabajador o sus deudos, en caso de fallecimiento, constituye un título ejecutivo, es decir el reconocimiento expresó de la obligación exigible en los tribunales civiles.

La nueva ley, los trabajadores a los que no se les ha pagado la prima de riesgos profesionales podrán acudir a la CSS, quien certificará el monto de la obligación para que la consigne en el término de cinco días hábiles.



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