Nacional - 03/5/19 - 04:45 PM

En 3 y 2, ratificación de Jorge González para directivo del Canal

Sin embargo, la última palabra la tendría la Corte Suprema de Justicia (CSJ) donde el ponente del caso es el magistrado Olmedo Arrocha.

 

Por: Con información de Adiel Bonilla -

 
 
 

ambalea la ratificación del ministro Jorge González como miembro de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá, luego de que el Procurador de la Administración, Rigoberto González, remitiera su opinión a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) donde considera que este nombramiento es "inconstitucional".
El Procurador de la Administración opina que el ministro Jorge González: "Es una persona del inmediato entorno de quien detenta el poder Ejecutivo"...  También aconseja que "se debe garantizar la autonomía de la Autoridad del Canal"
Sin embargo, la última palabra la tendría la Corte Suprema de Justicia (CSJ) donde el ponente del caso es el magistrado Olmedo Arrocha.
Fue el presidente de la República, Juan Carlos Varela, el que designó a Jorge González como director de la Autoridad del Canal de Panamá, el pasado 12 de febrero, siendo este el actual Ministro de la Presidencia.
 
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Esta no fue la única designación que hizo el mandatario, también Isabel De Saint Malo y Emanuel González-Revilla para ocupar los puestos de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá.
Producto de estas designaciones, el abogado Ernesto Cedeño, interpuso un recurso con el que se declare como inconstitucional la designación por el Ejecutivo del ministro de la Presidencia en  la directiva de la ACP, el cual fue admitido por el magistrado Olmedo Arrocha.
El Procurador de la Administración, Ribogerto González, respondió ayer a la consulta de opinión jurídica que le había solicitado la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en medio del trámite de la demanda de inconstitucionalidad que avanza en contra de la designación de González, quien incluso ya fue ratificado como directivo del Canal de Panamá en la Asamblea Nacional.
El Procurador indicó que "se debe garantizar la autonomía de la Autoridad del Canal, lo que no se lograría si fuera el caso de las designaciones directas que le corresponde al Órgano Ejecutivo y Legislativo y a las cuales nos hemos referido, el primero de los órganos mencionados designara personas del inmediato entorno, quebrantando el equilibrio en la designación al cargo de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá, tal como lo hemos Expuesto".
 
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Razón por la cual se estima como inconstitucional la Resolución 27 de 4 de abril de 2019, emitida por la Asamblea Nacional, pues la misma infringe el artículo 318 de la Constitución.

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