Nacional - 29/5/19 - 12:00 AM

Inventan subcategoría migratoria para trabajadores de aerolíneas

 

Por: Redacción / Crítica Impreso -

El gobierno de Juan Carlos Varela -a un mes de llegar a su fin- acaba de inventar una nueva subcategoría migratoria de extranjeros con residencia temporal que trabajan en empresas de aviación radicadas en Panamá.

Esta creación del saliente gobierno varelista surge de una manera nada "tortuguesca". El Decreto Ejecutivo No. 182 que lo establece, tiene fecha del 28 de mayo de 2019 (ayer), y salió publicado en la Gaceta Oficial que de la misma fecha.

Estamparon sus firmas en el decreto el presidente de la República, Juan Carlos Varela, y Jonattan del Rosario, ministro de Seguridad Pública.

Esto es lo que dice el artículo 1: "Se crea dentro de la Categoría Migratoria de Residente Temporal, la Subcategoría de Residente Temporal en calidad de Empleado de Empresas de Aviación radicadas en la República de Panamá".

El permiso, una vez aprobado, tendrá validez de 2 años, y una vez vencido su término, el extranjero podrá solicitar prórroga de 2 años más, hasta completar 6 años de residencia temporal.

Para solicitar el mencionado permiso, los requisitos son: contrato de trabajo registrado en el Mitradel, con salario mínimo de mil dólares mensuales; certificación de Aeronáutica Civil de que el extranjero es idóneo para ejercer la profesión afín a la industria aérea, y carta de la empresa que certifique que el extranjero laborará solo en el área donde haga falta mano de obra calificada.

Otros requisitos son un permiso de trabajo del Mitradel, y comprobante de afiliación al Seguro Social como cotizante, y copia del carné.

Visa de Estadía Eventual para gringos

En otro decreto (el 181 del 28 de mayo de 2019), el Minseg crea una visa de estadía eventual para nacionales de Estados Unidos, dentro de la categoría de Visa de No Residente.

Esta visa es para los estadounidenses que entren a Panamá con la intención de realizar estudios, inversiones, trabajo eventual o técnico, o por transferencia laboral por un año prorrogable hasta cinco años. No aplica para los estadounidenses que quieran establecer residencia temporal o permanente.

Para aplicar, deben entregar formulario de solicitud de visa, 3 fotos, copia del documento de identidad de EE.UU., recibo de pago de servicios migratorios por $100, comprobante o reserva del hotel o lugar de alojamiento, y documento correspondiente a la actividad económica/inversión/académica/laboral por la cual aplica.

Si tiene dependientes, también debe aportar una carta de responsabilidad y certificados que comprueben matrimonio o parentesco.


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