Manipuladores de alimentos y deliverys deberán vacunarse

Manipuladores de alimentos y deliverys deberán vacunarse

Manipuladores de alimentos y deliverys deberán vacunarse

Por: Redacción / Crítica Impreso -

El gobierno de Panamá emitió el Decreto Ejecutivo No. 896 que establece medidas sanitarias para manipuladores de alimentos con el fin de garantizar la protección a la salud de la población contra el Covid-19.

Toda persona que solicite el certificado de buena salud (carné blanco) y el carné de adiestramiento sanitario (carné verde), deberá contar con el esquema completo de vacunación contra el coronavirus.

De no contar con ese esquema, la persona deberá realizarse cada 15 días la prueba Covid-19 (PCR o antígeno).

El decreto indica que toda persona que se desempeñe en el territorio nacional como conductor o repartidor a domicilio en servicios de entrega de alimentos, utilizando para ello automóviles, motocicletas, motonetas, ciclomotores, cuatriciclos, moto furgones u otros medios de transporte similares, también deberá contar con el carné blanco y el carné verde.

Además, en los establecimientos dedicados al expendio de alimentos preparados, el personal que los manipule y prepare deberá utilizar de forma obligatoria mascarilla, y el personal que atiende al público, además de la mascarilla, deberá usar obligatoriamente pantalla facial.

Quienes, al momento de la inspección por los funcionarios del Minsa, no presenten el carné blanco ni el verde ni cumplan con las disposiciones establecidas en el decreto, serán sancionados según las disposiciones sanitarias vigentes.

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