Presentan proyecto de reformas constitucionales

En un solo texto legal se incluirá todo lo referente a la organización, estructura, funciones generales y específicas de la institución y atribuciones del fiscal general electoral.
Presentan proyecto de reformas constitucionales

Presentan proyecto de reformas constitucionales

Por: Redacción Crítica -

El proyecto de ley que reformará el Código Electoral para las elecciones generales del 2024 fue presentado este miércoles, a la Asamblea Nacional por los magistrados del Tribunal Electoral (TE). La Comisión Nacional de Reformas Electorales 2020 (CNRE) aprobó 323 artículos, que reestructuran preceptos, adicionan y derogan otros de la norma vigente.
La CNRE es un organismo consultivo del TE que después de cada elección general evalúa, junto con los partidos políticos, la sociedad civil y otras organizaciones, las buenas experiencias y las fallas del proceso anterior, con el fin de perfeccionar la legislación electoral, basados siempre en principios rectores de equidad, transparencia y rendición de cuentas.
Con este proyecto de ley se mejora y amplía la reforma de 2017, considerada como la  más innovadora, profunda y abarcadora de todas las aprobadas por la Asamblea Nacional en la nueva era democrática (1990-2020).
El Pleno, mediante el Decreto 42 de 2 de diciembre de 2019, convocó y reglamentó la integración de la Comisión Nacional de Reformas Electorales 2020 con el propósito de introducir reformas sustanciales al Código Electoral, que continúen coadyuvando a su perfeccionamiento democrático.

La presentación del referido proyecto de ley electoral estuvo a cargo del magistrado presidente del TE, Dr. Heriberto Araúz Sánchez, quien fue acompañado por Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá Wendehake, y miembros del equipo técnico de la CNRE. Entre los artículos aprobados se destacan: voto adelantado, voto por internet, limitaciones a servidores públicos, inscripción de miembros de partidos políticos en formación y lista de respaldo de candidatos por libre postulación, financiamiento público y privado, fuero electoral, participación y postulación y la paridad de género.

Los magistrados también presentaron el proyecto de ley: “Que reconfigura los circuitos electorales para la elección de diputados”, que fue consultado previamente con el Consejo Nacional de Partidos Políticos, como lo manda el artículo 147 de la Constitución Política, y en ejercicio de la facultad que le confiere al Tribunal Electoral el numeral 10 del artículo 143.

Como consecuencia de las normas constitucionales y el precitado trabajo técnico se llega, entre otras, a las siguientes conclusiones:

1.      Circuitos electorales. Se mantienen los 39 circuitos electorales actuales: 26 uninominales y 13 plurinominales.

2.      Tres circuitos elegirán un diputado más cada uno. El circuito 8-10 en Panamá y los circuitos 8-1 y 8-5 en Panamá Oeste, de modo que: el circuito 8-10 tendrá 5 diputados y los circuitos 8-1 y 8-5 tendrán 4 diputados cada uno.

3.      Tres circuitos elegirán un diputado menos cada uno. El circuito 8-6 que elegirá 6 diputados en lugar de 7; y los circuitos 8-7 y 8-8 que elegirán 4 diputados en lugar de 5 cada uno.

4.      Cambios en la numeración de los circuitos de la provincia de Panamá Oeste. Los cuatro circuitos de Panamá Oeste (8-1, 8-2, 8-3 y 8-5) pasarán a ser 13-1(Arraiján), 13-2 (Capira), 13-3 (Chame y San Carlos) y 13-4 (La Chorrera), porque el dígito 8 pertenece a la provincia de Panamá.

Igualmente, se presentó el proyecto de “Ley Orgánica de la Fiscalía General Electoral”, cuyo documento contiene 22 artículos para regular esta entidad como agencia de instrucción independiente, autónoma y coadyuvante del Tribunal Electoral.

En un solo texto legal se incluirá todo lo referente a la organización, estructura, funciones generales y específicas de la institución y atribuciones del fiscal general electoral.
La Fiscalía General Electoral es el organismo constitucional al que le corresponde perseguir los delitos y contravenciones electorales, salvaguardar los derechos políticos de los ciudadanos y vigilar la conducta oficial de los funcionarios en lo que respecta a los derechos y deberes políticos electorales.

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