Presidente Cortizo sanciona ley de protección de empleo
La Ley fue publicada en Gaceta Oficial este lunes 3 de agosto, tiene la firma del presidente Cortizo y la ministra de Trabajo, Doris Zapata.
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Por: Redacción Crítica -
El presidente Laurentino Cortizo sancionó la Ley 157, “que establece medidas temporales de protección del empleo en las empresas afectadas por el COVID-19 y dicta otras disposiciones”.
La Ley fue publicada en Gaceta Oficial este lunes 3 de agosto, tiene la firma del presidente Cortizo y la ministra de Trabajo, Doris Zapata.
Esta Ley, aprobada también por la Asamblea Nacional, indica en su Artículo 1, que ” se aplicará exclusivamente a las empresas que cerraron, total o parcialmente, sus operaciones, desde el inicio del estado de emergencia nacional y hasta el 31 de diciembre, y a los trabajadores cuyos contratos han sido suspendidos mediante autorización tácita o expresa del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en este período”.
Según el comunicado del Gobierno Nacional las transacciones realizadas por el Vale Digital totalizan 2 millones 119 mil 45
— Diario Critica.Pa (@criticaenlinea) August 3, 2020
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De acuerdo con el documento, el empleador podrá reiniciar su actividad económica progresivamente reintegrando de forma gradual a sus trabajdores con contratos suspendidos, tomando en consideración las recomendaciones del Comité Especial de Salud e Higiene.
e prohíbe la contratación de nuevos trabajadores en igual o similar posición a la de un trabajador suspendido. Solo se permitirá la contratación de nuevos trabajdores si las empresas requieren nuevos puestos de trabajo.
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Los trabajadores que no sean reintegrados con la reapertura de las empresas, mantendrán sus contratos suspendidos hasta que sean reintegrados. Las suspensiones de contratos de estos trabajadores podrán ser prorrogadas mes a mes hasta el 31 de diciembre de 2020.
Sobre el pago de la segunda partida del décimo tercer mes del 2020, la ley señala que los trabajadores que no hayan laborado entre el 15 de abril y el 15 de agosto, por razón de la suspensión de sus contratos tendrán derecho a percibir un bono, que será determinado por el Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas.