¿Quién filtra los fallos? ¿Se puede validar una ilegalidad?
El expresidente Ricardo Martinelli es el único ciudadano panameño que no ha sido imputado de cargos y que se le busca condenar en un doble juzgamiento en el caso de los supuestos pinchazos telefónicos.
Sidney Sittón, abogado defensor en este caso, manifestó que no puede haber una sentencia condenatoria en contra Martinelli, sin que haya sido imputado de cargos.
Agregó que toda persona tiene derecho a recibir una imputación y es obligación del Estado ponerla en conocimiento de los hechos jurídicamente relevantes, algo que no se dio en el caso del exgobernate.
Contrario a esto, los exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia, Jerónimo Mejía y Harry Díaz, avalaron en este caso la admisión de la querella como la imputación contra Martinelli, algo que ha sido catalogado por diversos juristas del país como una “aberración jurídica”.
"Tiene que ser un fallo congruente con la imputación, con los hechos de la acusación y eso desemboca en un pronunciamiento o en una sentencia. Como no hubo imputación, no se conocieron esos hechos, no puede existir una sentencia contra Ricardo Martinelli, que conforme a la ley sea congruente", explicó.
El pronunciamiento de Sittón se da tras una publicación del diario La Prensa titulada: "El fallo de la discordia y la imputación consumada", en la que mencionan que el magistrado Cecilio Cedalise es el ponente de un fallo que resuelve un recurso de la defensa de Martinelli, relacionado al tema de la imputación.
¿Quién filtra los borradores de sentencia?, ¿por qué un medio de forma abierta, directa y sin límites, pública información que ha sido hurtada o sustraída de forma ilegal?, ¿el espionaje digital no es delito?, fueron tres interrogantes hechas por el abogado Ángel Álvarez, exquerellante en el caso de los supuestos pinchazos.
Álvarez reiteró que es evidente la inconstitucionalidad cometida al no haber imputado al exgobernate Martinelli dentro de este proceso.
“Hace 16 años, La Prensa y afines se opusieron a la demanda contra los pinchazos sin control judicial. La Corte falló inconstitucional. Hoy, nadie duda de la importancia de aquel fallo. Ahora, La Prensa y afines se oponen a la evidente inconstitucionalidad del salto de la imputación”, explicó.
Otro jurista que reaccionó a este tema fue Roberto Ruiz Díaz, quien expresó que el que una violación esté consumada, no quiere decir que esa violación sea legal... es sencillo no se puede validar la ilegalidad. Es como que todo Amparo se niegue, por estar consumado el acto amparado.
Ayer se venció el plazo de lectura simultánea de 20 días hábiles, del proyecto de fallo acerca de una demanda de inconstitucionalidad presentada a favor de Martinelli
El Magistrado ponente o sustanciador entregó 8 juegos de copias del proyecto de fallo al resto de los togados y tres pidieron ser declarados impedidos.
Ayer el pleno, por mayoría, decidió que ningún Magistrado sería separado de conocer el proyecto de fallo y fueron negadas las 3 solicitudes de impedimento. Habrá que determinar si le otorgan otros 20 días hábiles o una cantidad menor
Hay tres "observaciones" al proyecto de fallo por lo que debe ser llevado a discusión en reunión ordinaria o extraordinaria del Pleno de la Corte, lo cual según estimaciones puede darse a fines de septiembre.