Retiran dos demandas sobre fuero de "RM y admiten una

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La abogada Linda Esther Guevara González y el exprecandidato presidencial del PRD, Mitchell Constantino Doens Ambrosio, retiraron las acciones de inconstitucionalidad contra la decisión del Tribunal Electoral que le mantuvo el fuero al expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli.

Doens confirmó que retiró la acción de inconstitucionalidad, pero para hacer correcciones y adujo estar siendo "amenazado" por abogados.

El perredista anunció además que había denunciado a los dos magistrados del Tribunal Electoral, por su fallo que reconoce el fuero al exmandatario.

En tanto, la magistrada María Eugenia López admitió la demanda presentada el miércoles por el abogado Héctor Herrera y corrió traslado al Procurador Javier Caraballo, por el término de 10 días para que emita su concepto.

Devuelto el expediente por dicho Caraballo se fijará en lista y se publicará edicto hasta por tres días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de 10 días, contado a partir de su última publicación, el demandante y todas las personas interesadas presenten argumentos por escrito sobre el caso.

Vencido el término anterior, el magistrado sustanciador dispondrá de 10 días para presentar el proyecto de decisión.

Del abogado Héctor Herrera poco se conoce, pero algunas fuentes políticas no descartan que esté ligado a figuras del actual gobierno del PRD, que buscan impedir la candidatura de Martinelli.

En un fallo mayoritario, el Tribunal Electoral se revocó una resolución del 23 de febrero de 2022 dictada por el Juzgado Segundo Electoral, que levantó el fuero a Martinelli en los casos Odebrecht y New Business.

En el fallo, los magistrados advierten que en estado de Derecho, las autoridades están obligadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.

Los magistrados señalan que al levantar el fuero a petición del Juzgado Tercero Liquidador de Causa Penales, el Juzgado electoral violó el debido proceso, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el artículo 138 del Código Electoral.

Además advierte la claridad de lo establecido en el artículo VIII del Tratado de Extradición de EEUU, sobre el Principio de Especialidad (no ser juzgado por causa diferente por la cual fue extraditado). El aforado Martinelli goza de un derecho a su favor otorgado por una ley de la República, que impide ser investigado o juzgado por un delito distinto por el cual fue extraditado.

Los magistrados señalan que ese es un derecho sustancial que no puede ser ignorado por la jurisdicción electoral cuando se solicite el levantamiento del fuero electoral penal.

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