Tribunal ordena archivar solicitud de revocatoria contra Fábrega

La media fue anunciada por la Directora Regional de Organización Electoral de Panamá Centro mediante la Resolución n.° 303 - DROEPC/LP/DJ de 19 de agosto de 2022., luego de que transcurrieran los 120 que otorga la ley para la recolección de las firmas de respaldo requeridas para la revocatoria de mandato por iniciativa popular.
Alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega.

Alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega.

Por: Redacción / Web -

Panamá- El Tribunal Electoral (TE), ordenó el archivo de la solicitud de revocatoria de mandato del alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega, presentada por el Roberto Ruiz Díaz.

La media fue anunciada por la Directora Regional de Organización Electoral de Panamá Centro mediante la Resolución n.° 303 - DROEPC/LP/DJ de 19 de agosto de 2022., luego de que transcurrieran los 120 que otorga la ley para la recolección de las firmas de respaldo requeridas para la revocatoria de mandato por iniciativa popular.

Esos 120 días, según lo establecido en el Decreto 23 de 19 de abril de 2022, concluyeron ayer jueves, 18 de agosto, tiempo durante el cual en las oficinas regionales de Organización Electoral de Panamá Centro, Panamá Este, Panamá Norte y la Oficina Regional Especial de Panamá Centro se registraron 17,780 firmas de apoyo, lo que solo representa el 8.94% de las 198,920 que debían recogerse.

Desde la aprobación de esta iniciativa, la recolección de las 198,920 firmas, es decir, el 30% del padrón electoral para el cargo de alcalde del distrito capitalino, durante las elecciones de 2019, se había convertido en una misión imposible, ya que para lograr el objetivo se debían obtenerse un promedio de 1,658 firmas diarias, lo que nunca se logró.

LEE TAMBIÉN: TODAS NUESTRAS NOTICIAS AQUÍ

El Tribunal Electoral advirtió que el proponente de la inactiva cuenta con dos días hábiles, siguientes a su debida notificación con para interponer el Recurso de Apelación contra la presente resolución, el cual será resuelto ante la Dirección Nacional de Organización Electoral.

Contenido Premium: 
0
generar archivo de audio: 
Audio Listo


Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.