Sucesos - 14/6/23 - 02:00 PM

Caen dos hombres por minería ilegal en Colón

Los sujetos extraían el mineral en las quebradas, Mestiza, Camino y Molejones, ubicadas en el distrito de Omar Torrijos Herrera.

 

Por: Diomedes Sánchez / Web -

Panamá- La minería ilegal artesanal continúa sumando personas detectadas por la Regional del Ministerio de Ambiente con el apoyo de la Policía Ambiental, los cuales son detenidos en la provincia de Colón y puesto a órdenes de las autoridades judiciales para que respondan por el daño ambiental por esta mala práctica.

Recientemente, en un operativo realizado por guardaparques del área de Recursos Manejados de Omar Torrijos y Donoso, en conjunto con la Policía Ambiental, Turística y Rural del Ministerio de Ambiente en Colón, detuvieron a dos sujetos, luego de ser encontrados realizando actividad de minería ilegal (extracción de oro).

Los sujetos extraían el mineral en las quebradas, Mestiza, Camino y Molejones, ubicadas en el distrito de Omar Torrijos Herrera.

En la diligencia se encontraron dos motosierras, una motobomba e inclusive un rifle calibre 22.

Los responsables fueron conducidos a la Fiscalía de Delito Ambiental por la Policía Ambiental, donde deberán enfrentar las sanciones correspondientes.

Porfirio Justavino, director regional del Ministerio de Ambiente en Colón, indicó que Mi Ambiente se mantiene atendiendo denuncias ambientales, en conjunto con unidades de la Policía Ambiental y la Fiscalía de Ambiente.

También se realizan frecuentemente recorridos y patrullajes por las áreas protegidas, zonas costeras, boscosas y poblados de la provincia de Colón.

Las prácticas de esta actividad, sin las medidas de mitigación correspondientes, deterioran los ecosistemas, contamina el agua y provoca la pérdida de los bosques.

La ley 41, General del Ambiente contempla en su articulado que “Toda persona natural o jurídica que emita, vierta, disponga o descargue sustancias o desechos que afecten o puedan afectar la salud humana, pongan en riesgo o causen daño al ambiente, afecten o puedan afectar los procesos ecológicos esenciales o la calidad de vida de la población tendrá responsabilidad objetiva por los daños que puedan ocasionar graves perjuicios, de conformidad con lo que dispongan las leyes especiales relacionadas con el ambiente”.


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