Niegan sobreseimiento en caso de cuatrerismo

Niegan sobreseimiento en caso de cuatrerismo

Niegan sobreseimiento en caso de cuatrerismo

Por: Luis Miguel Avila / Crítica Impreso -

El juez de garantías Eduardo Muñoz negó la solicitud de sobreseimiento provisional hecha por la fiscalía de la provincia de Los Santos, a favor de una persona que se hurto unas 21 reses.

La decisión del juez Muñoz se dio con en base el articulo 354 del Código Procesal Penal, que indica expresamente que: “Cuando la víctima o él querellante debidamente constituido se oponga a la petición de sobreseimiento formulada por el Ministerio Público (MP) el juez remitirá nuevamente las actuaciones a esta institución para que un plazo de quince días (15), otro agente fiscal conozca y revise lo actuado.

La solicitud de sobreseimiento en este caso por parte del MP fue sustentada por la fiscal adjunta, Midalis Vergara, así lo indicó el abogado Bredio Alexander Peralta, quien defiende los intereses de Delia Rosa Samaniego.

“Hay que estar claro que la fiscal Vergara no tiene una libre disposición en este caso, ya que están los fiscales coordinadores, Jorge Rodríguez y José González que fueron los que dieron el visto bueno para solicitar este sobreseimiento, esto en conjunto con la fiscal superior de Los Santos, Diana Callender”, señaló el jurista Peralta.

El defensor señaló que el MP basó su solicitud en base en que no existió dolo por parte de la persona que vendió las 21 reses que no eran de su propiedad.

Agregó que el MP basó su solicitud en que supuestamente había una confusión sobre quién era el administrador judicial de los bienes muebles que dejó el difunto esposo de la señora Samaniego.

En este sentido, Peralta señaló que existen dos autos del Órgano Judicial donde se reitera que su clienta es la administradora judicial de los semovientes que dejó su difunto esposo.

En razón de esto, ella está en la obligación de denunciar o querellar toda acción antijurídica, típica o culpable que se de dentro de este proceso de sucesión ante el MP, señaló el abogado querellante.

El defensor enfatizó que uno de los puntos que la fiscalía no pudo sustentar en la audiencia, es que el delito de hurto pecuario, que cometió la persona que vendió las reses y recibió 10 mil 450 dólares, no era de carácter doloso.

Agregó que al imputado en este proceso se le impusieron las medidas cautelares de firmar los 15 y 30 de cada mes y la prohibición de salida de la provincia de Los Santos.

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