Defensoría advierte sobre represalias contra uniformados
La Ley N°7, en su artículo 20, establece que cualquier persona, sea natural o jurídica, nacional o extranjera, tiene el derecho de recurrir a esta institución.
La Defensoría del Pueblo de Panamá reitera su compromiso de garantizar el respeto y protección de los derechos humanos de todas las personas que consideren que estos han sido vulnerados y advirtió que cualquier represalia viola la ley No7 del 5 de febrero de 1997. La advertencia guardaría referencia a reacciones tras las quejas formuladas por 400 miembros de la Fuerza Pública.
La Ley N°7, en su artículo 20, establece que cualquier persona, sea natural o jurídica, nacional o extranjera, tiene el derecho de recurrir a esta institución. Este derecho es inalienable, sin importar condiciones como minoría de edad, incapacidad, privación de libertad en centros penitenciarios o psiquiátricos, dependencia o relación de sujeción con la administración pública o los órganos del Estado.
Además, enfatiza que cualquier represalia contra personas que acudan a nuestra institución constituye una grave vulneración de derechos humanos y contravienen el artículo 21 de la Ley N°7, que prohíbe que las quejas presentadas ante esta institución sean usadas en contra de los denunciantes, si no que también violan principios fundamentales de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Panamá.
La Defensoría advierte que ningún organismo, autoridad o funcionario está facultado para tomar represalias contra quienes ejercen su legítimo derecho de denunciar posibles abusos ante esta institución. Este tipo de acciones puede derivar en sanciones legales, de acuerdo con la normativa nacional e internacional vigente.