Explican cómo debe ser el reintegro de trabajadores suspendidos
Explican cómo debe ser el reintegro de trabajadores suspendidos
- ETIQUETAS:
- trabajadores suspendidos
- reintegro
- Mitradel
- Raúl Jordán
Por: Redacción / Crítica Impreso -
El asesor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), Raúl Jordán, explicó que el reintegro gradual de los trabajadores cuyos contratos fueron suspendidos a raíz de la pandemia del Covid-19, se realizará mediante los porcentajes establecidos y en un periodo de seis meses.
Respecto a las empresas que a la fecha no han podido reactivar sus actividades, Jordán señaló que deberán solicitar la extensión de la suspensión del 100% de los contratos de trabajo.
Añadió que en el caso de la reducción de salario, tanto el empleador como el colaborador deberán firmar un nuevo acuerdo de reducción de jornada en base a los artículos de rata por hora.
En tanto, los empresarios propondrán recomendaciones tras el decreto para el reintegro de los trabajadores, anticipó el presidente de la Cámara de Comercio, Jean Pierre Leignadier.
Hay agotamiento en el personal y otros miles de panameños “están pasando páramo” para llevar sustento diario a sus familias y las de empresas que están contribuyendo a mantener la economía funcionando con esfuerzo.
El empresario dijo que habrá decisiones difíciles, pero en lo que no están de acuerdo es en cierres prolongados por el impacto que tendría en la economía panameña.
Te puede interesar
Diputados no aprueban partida al Idaan para pago de cisternas
MIDES: Viene el último pago del año
Jubilaciones especiales a tongos no se revisarán por ahora
Mulino: Jubilaciones especiales no forman parte de reformas a la CSS
¡Feliz, pero decepcionado!
Leignadier dijo que habían propuesto que la suspensión de contratos se extendiera más allá del 31 de diciembre de 2020, para dar oportunidad a las empresas a que pudieran activarlos de manera gradual, en la medida que las operaciones y la demanda de productos y servicios lo permita.
“Todos estamos interesados en la recuperación de empresas y empleos, pero
forzar la activación de empleos pone en riesgo la sostenibilidad de las empresas”,
Las empresas del sector primario (agricultura, ganadería, sector agropecuario) al abrir, deben reintegrar el primer mes al menos al 50% de sus trabajadores suspendidos, el segundo mes debe llegar al 70% y el resto al tercer mes.
Para las del sector secundario (industria) debe arrancar con 20% y tendrán otros 5 meses para ir progresivamente reintegrando en proporciones de entre 25% y 30%.
Las del sector terciario (servicios, Zona LIbre, banca, logística, medios) al primer mes deben reintegrar 25% y luego en los siguientes meses ir gradualmente incorporando en porcentajes de entre 20% y 30%.
La pequeña empresa del sector terciario y el turismo debe arrancar con mínimo del 10% y reintegros graduales de entre 15% y 30%.