A partir del 31 de mayo se empezará a implementar el año escolar 2021

La nueva fecha fue establecida a través del Decreto Ejecutivo N° 435 que modifica el calendario escolar 2021 para centros educativos oficiales y particulares de todo el país, así como también rige la implementación de la educación semipresencial.
La nueva fecha fue establecida a través del Decreto Ejecutivo N° 435 que modifica el calendario escolar 2021.

La nueva fecha fue establecida a través del Decreto Ejecutivo N° 435 que modifica el calendario escolar 2021.

Por: Redacción / Web -

A partir del lunes 31 de mayo próximo se empezará a implementar el año escolar 2021 la educación a distancia y semipresencial para garantizar el derecho a la salud y a la educación, el acceso y la continuidad de los aprendizajes.

La nueva fecha fue establecida a través del Decreto Ejecutivo N° 435 que modifica el calendario escolar 2021 para centros educativos oficiales y particulares de todo el país, así como también rige la implementación de la educación semipresencial, el cual fue publicado por el Ministerio de Educación (Meduca), en Gaceta Oficial.

A través de este nuevo decreto se modificó el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 25 de 14 de enero de 2021 mediante el cual se había establecido que el primer trimestre del año lectivo escolar 2021 sería únicamente a distancia.

Es decir que las clases se desarrollarán con múltiples medios, formatos y estrategias de intervención, en todos los programas que lleva a cabo el Meduca, detalla la entidad a través de un comunicado de prensa.

La implementación de la educación semipresencial en los centros educativos oficiales y particulares será de manera gradual, progresiva, flexible y segura, de acuerdo con los aspectos de bioseguridad de cada plantel escolar y tomando en cuenta los lineamientos del año lectivo 2021, agrega la entidad.

Le corresponderá a las direcciones regionales de educación, a través de los planteles escolares, organizar las estrategias como tutorías, visitas domiciliarias, trabajos con padres de familia y acudientes, entrega de material impreso y tecnológico, acompañamiento de educación por radio, televisión, herramientas tecnológicas y otros recursos disponibles coordinados por el docente, bajo la supervisión del director de cada escuela, manteniendo el interés del estudiante con el apoyo del acudiente.

Además, el artículo 2 establece que la educación semipresencial se aplicará de manera segura para los estudiantes, educadores y personal administrativo, siempre y cuando el plantel escolar haya conformado el Comité Escolar Covid-19, como lo señala la Guía para el establecimiento de las Medidas de Bioseguridad para la Reducción del Riesgo de contagio del Covid-19 y cuente con un Protocolo de Bioseguridad adaptado e implementado.

Establecer e implementar el Plan de Retorno Seguro, acorde a la realidad de cada centro educativo y a su entorno comunitario, que implica la modalidad de aprendizaje a ejecutar, la atención académica de los estudiantes, el establecimiento de horarios y jornadas de trabajo y cumplimiento de medidas de bioseguridad.

Que preferiblemente los educadores y personal administrativo del plantel escolar hayan sido vacunados.
Tener el consentimiento expreso, mediante firma o huella, del padre de familia, acudiente o tutor, para la asistencia del alumno al centro educativo.

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