Policía pide a la Asamblea no aprobar tongos con tatuajes
Policía pide a la Asamblea no aprobar tongos con tatuajes
- ETIQUETAS:
- Asamblea Nacional
- Policía Nacional
- Panamá
- Tatuajes
Por: Redacción / Crítica Impreso -
La Policía Nacional de Panamá rechazó el proyecto de Ley N°866 que permitiría el ingreso a sus filas de personas con tatuajes, ya que se afectaría la imagen de la institución y el control interno.
El subcomisionado Rolando Alonso, quien asistió al análisis de la iniciativa en una subcomisión de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional, dijo que si bien los tatuajes son utilizados por razones cosméticas y artísticas, también están asociados a organizaciones criminales.
"El idioma operacional de comunicaciones utiliza entre métodos las señas, el tatuaje pasa a ser una seña particular en el idioma operacional de comunicaciones entre delincuentes, llámese grupo delictivo, pandillas, bandas, o crimen organizado", expresó el oficial.
Alonso dijo que se "trastocaría la doctrina policial practicada por generaciones, aumentaría la probabilidad en la comisión de faltas disciplinarias, discriminación y contagio de enfermedades entre unidades, propiciaría un declive legal y moral hacia la institución".
Recordó que el Decreto 172 del 29 de julio de 1999 establece los perfiles profesionales de un agente de la policía, especificando disciplina y capacidad de tener obediencia reflexiva, además, el manual de reclutamiento establece los requisitos para ser aspirantes a puesto de personal juramentado.
Por su parte, el diputado Víctor Castillo, dijo que el proyecto busca flexibilizar el ingreso de hombres y mujeres a la Policía Nacional, sin afectar los principios y valores de la entidad.
Te puede interesar
Nicaragua propone Canal alternativo al de Panamá
Panamá y China en colaboración para impulsar agricultura nacional
Nuevas instalaciones del INCAE en Panamá
Minsa: Reserma debe seguir prestando servicio de radiología
Millonaria suma de CSS en hipotecas genera dudas, según análisis
Castilllo busca reformar el artículo 52 de la la Ley 18 de 1997, Orgánica de la Policía Nacional, relativo a la tenencia de tatuajes.