Nacional - 10/1/14 - 02:31 PM
Presidente nombra Viceministra de Asuntos Indígenas
Para los efectos de esta designación, el decreto iniciará a regir a partir de la toma de posesión de la nueva autoridad.
Redacción
Web
Luego de cumplir con el proceso de organización, el nuevo Vice Ministerio de Asuntos Indígenas ya tiene quien lo presida, al ser designada Toribia Venado como nueva autoridad al frente de este vice ministerio perteneciente al Ministerio de Gobierno.
El presidente Ricardo Martinelli designó a Venado cumpliendo con este proceso, luego de sancionada la Ley 64, el pasado 20 de septiembre, por la cual se adiciona el nuevo vice ministerio al régimen de organización del Ministerio de Gobierno, como uno de los tantos esfuerzos que realiza esta administración en pro del bienestar y desarrollo integral de todos los ciudadanos, incluyendo los pueblos indígenas.
Para los efectos de esta designación, el decreto iniciará a regir a partir de la toma de posesión de la nueva autoridad.
El Vice Ministerio de Asuntos Indígenas viene a elevar la importancia de la atención de tan especializada materia, cuya finalidad será el desarrollo de una visión integral desde un plano superior en procura de respuestas a las grandes necesidades sociales, económicas y culturales de las comunidades indígenas.
Entre las funciones de este nuevo Vice ministerio están las funciones de planificación, dirección y coordinación de la Política Indígena de la República de Panamá, además de las que se establezcan por decreto ejecutivo.
El Vice ministerio de Asuntos Indígenas permitirá diligenciar de modo más expedito la planeación e implementación de políticas de inclusión social de los pueblos indígenas de Panamá, la misma, con fundamento en lo tipificado en el artículo 90 de nuestra Carta Magna, dispone que “El Estado reconoce y respeta la identidad étnica de las comunidades indígenas nacionales, realizará programas tendientes a desarrollar los valores materiales, sociales y espirituales propios de cada una de sus culturas y creará una institución para el estudio, conservación, divulgación de las mismas y de sus lenguas, así como la promoción del desarrollo integral de dichos grupos humanos” (artículo 90, Constitución Política de la República de Panamá).
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Luego de cumplir con el proceso de organización, el nuevo Vice Ministerio de Asuntos Indígenas ya tiene quien lo presida, al ser designada Toribia Venado como nueva autoridad al frente de este vice ministerio perteneciente al Ministerio de Gobierno.
El presidente Ricardo Martinelli designó a Venado cumpliendo con este proceso, luego de sancionada la Ley 64, el pasado 20 de septiembre, por la cual se adiciona el nuevo vice ministerio al régimen de organización del Ministerio de Gobierno, como uno de los tantos esfuerzos que realiza esta administración en pro del bienestar y desarrollo integral de todos los ciudadanos, incluyendo los pueblos indígenas.
Para los efectos de esta designación, el decreto iniciará a regir a partir de la toma de posesión de la nueva autoridad.
El Vice Ministerio de Asuntos Indígenas viene a elevar la importancia de la atención de tan especializada materia, cuya finalidad será el desarrollo de una visión integral desde un plano superior en procura de respuestas a las grandes necesidades sociales, económicas y culturales de las comunidades indígenas.
Entre las funciones de este nuevo Vice ministerio están las funciones de planificación, dirección y coordinación de la Política Indígena de la República de Panamá, además de las que se establezcan por decreto ejecutivo.
El Vice ministerio de Asuntos Indígenas permitirá diligenciar de modo más expedito la planeación e implementación de políticas de inclusión social de los pueblos indígenas de Panamá, la misma, con fundamento en lo tipificado en el artículo 90 de nuestra Carta Magna, dispone que “El Estado reconoce y respeta la identidad étnica de las comunidades indígenas nacionales, realizará programas tendientes a desarrollar los valores materiales, sociales y espirituales propios de cada una de sus culturas y creará una institución para el estudio, conservación, divulgación de las mismas y de sus lenguas, así como la promoción del desarrollo integral de dichos grupos humanos” (artículo 90, Constitución Política de la República de Panamá).