Soldados de EEUU gozarán de inmunidad
Las tropas de EEUU que estarán en tres antiguas militares del Comando Sur asignadas ahora al Senan, gozarán de la inmunidad que le concede la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, al personal administrativo y técnico de las Embajadas.
Ese beneficio se le reconoce a los soldados norteamericanos por los gobiernos de Panamá desde el 10 de julio de 2001 (Mireya Moscoso) y más reciente mediante el Acuerdo del 20 de septiembre de 2022 (Laurentino Cortizo).
Según la Convención de Viena, el personal en cuestión gozará de inmunidad de la jurisdicción penal del Estado receptor (Panamá) y no puede ser objeto de ninguna forma de detención o arresto.
El propio gobierno de Juan Carlos Varela le reconoció esos beneficios al soldado estadounidense Omar Antonio Vélez Pagan, implicado en la desaparición física de la joven chiricana Vanesa Rodríguez Chavarría, asesinada 23 de junio de 2014,en una finca ubicada Guararé, donde se estaba llevando a cabo un entrenamiento de tiro.
Vélez Pagan fue sacado de Panamá y enfrentó una Corte Militar en Fort Bragg, que lo condenó a 30 años de prisión.
Pero además, unos 415 soldados partícipes de los ejercicios "Nuevos Horizontes", que iniciaron en enero de 2018 (gobierno Panameñista), fueron cubiertos con lo relativo a la Convención de Viena.
El acuerdo de 2022 también establece que las autoridades panameñas aceptarán como válidos los permisos o licencias de conducir emitidos por las autoridades competentes de los Estados Unidos al personal estadounidense para la operación de vehículos; y dicho personal estadounidense estará autorizado a usar el uniforme del Gobierno EEUU y a portar el equipo autorizado, incluidas las armas, cuando sea necesario para sus funciones oficiales.
Los vehículos, embarcaciones y aeronaves propiedad del Gobierno de EEUU, u operados por su personal o en su nombre, no estarán sujetos al pago de tasas de aterrizaje o portuarias, cargos de pilotaje, navegación o sobrevuelo, cargos de atraque y estacionamiento de aeronaves, ni derechos de barcaza o portuarios mientras se encuentren en Panamá, excepto los cargos relacionados con el tránsito normal del Canal de Panamá.