Tribunal de Apelaciones niega fianza de excarcelación a Martinelli

El juicio oral por este caso está fijado para el próximo 12 de marzo de 2019 a las 9:00 a.m. del 12 de marzo de 2019, en la sede del SPA en Plaza Ágora.
Tribunal de Apelaciones niega fianza de excarcelación a Martinelli

Tribunal de Apelaciones niega fianza de excarcelación a Martinelli

Por: Aneldo Arosemena -

El Tribunal Superior de Apelaciones ratificó la tarde de este lunes, la negativa a la solicitud de fianza a favor del expresidente Ricardo Martinelli, solicitada por su defensa legal, ratificando así la decisión de primera instancia, proferida el 4 de febrero pasado por el Juez de Garantías Justo Vargas, quien en primera instancia no accedió a la fianza.

La decisión del Tribunal de Apelaciones, refutó señalamientos de la defensa legal de Martinelli, al señalar que en aspectos médicos la decisión judicial no puede basarse en los criterios de médicos privados que atienden al detenido. La ley exige que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMELF) certifique   su condición de salud y tal certificación no consta.

En torno a los argumentos de la defensa, que señaló que no hay pruebas que vinculen al exmandatario, con los delitos que se le imputan, el Tribunal de Apelaciones, consideró que ese extremo debe ser evaluado por el Tribunal de Juicio, toda vez que mientras no se incorporen al plenario no adquieren la calidad de pruebas. Esta pruebas, mencionada por la defensa de Martinelli, era un informe de la Contraloría, que desvinculaba al exmandatario.

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Ante el argumento, de que los delitos que se le endilgan a Martinelli, tienen pena mínima, menor a cuatro años, que es la requerida para decretar la detención preventiva, el Tribunal de Apelaciones, dictaminó que la pena a imponer no es el único elemento  que se toma en cuenta para  decretar la detención provisional, y que excepcionalmente si la pena mínima es menor  de 4 años se puede imponer la detención.

Consideraron, un contrasentido, por parte de la defensa, el argumentar que su representado tiene dolencias de salud graves y a la vez , de que es necesaria el otorgamiento de la fianza para llevar a adelante su campaña política como alcalde del distrito de Panamá y candidato a diputado por el circuito 8-8, considerando ademas que su candidatura a diputado y a alcalde no puede servir como arraigo [razón para permanecer en el país].

“Aun estando detenido el acusado, ha debido ser conminado para asistir a sus audiencias”, dijo el Tribunal de Apelaciones, basado en un informe que les remitió el Ministerio Público.

Finalmente señalaron: “La presencia del acusado resulta fundamental a 28 días del juicio, no es admisible la petición y se confirma en todas sus partes la decisión del juez de garantías.”

La lectura de la decisión culminó a las 4: 49 p.m.

El juicio oral por este caso está fijado para el próximo 12 de marzo de 2019 a las 9:00 a.m. del 12 de marzo de 2019, en la sede del SPA en Plaza Ágora.

Textos de los videos desde la Corte Suprema: Yorlenne Morales



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