Vence plazo para pago de segunda partida del impuesto de inmueble
La DGI ha habilitado el sistema electrónico e-Tax 2.0, una plataforma que permite a los contribuyentes llevar a cabo los trámites relacionados con los impuestos de inmueble de manera ágil y eficiente.
Vence plazo para pago de segunda partida del impuesto de inmueble
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Por: Redacción / Crítica -
En una comunicación emitida por la Dirección General de Ingresos (DGI), entidad perteneciente al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se hace un llamado urgente a todos los contribuyentes para recordarles que se acerca la fecha límite para el pago de la Segunda Partida del Impuesto de Inmueble. El plazo para cumplir con esta obligación fiscal expira el próximo 31 de agosto.
La DGI ha habilitado el sistema electrónico e-Tax 2.0, una plataforma que permite a los contribuyentes llevar a cabo los trámites relacionados con los impuestos de inmueble de manera ágil y eficiente.
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Para utilizar este sistema, solo es necesario contar con el número de finca y el código de ubicación, que funcionan como credenciales de acceso. Además, es fundamental tener registrado en el sistema una dirección de correo electrónico asociada a la finca, ya que esta será la vía por la cual se recibirán notificaciones e información relevante acerca de los trámites, así como para reestablecer el Número de Identificación Tributaria (NIT) requerido para acceder a los datos tributarios correspondientes a la finca.
Cabe recordar que el Impuesto de Inmueble se divide en tres partidas, con fechas de vencimiento el 30 de abril, 31 de agosto y 31 de diciembre. Los contribuyentes que opten por realizar el pago anual completo antes del 30 de abril podrán beneficiarse de un descuento del 15% sobre el monto total.
La DGI también hace hincapié en las consecuencias de no cumplir con el pago en la fecha estipulada. En caso de retraso, se aplicará un recargo del 10% sobre el monto adeudado, además de los intereses correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
El alcance del Impuesto de Inmueble abarca todos los terrenos ubicados en el territorio de la República de Panamá que cuenten con avalúos catastrales registrados por encima de los B/.30,000.00 en lo que respecta al valor del terreno y las mejoras realizadas en el mismo.
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La DGI exhorta a los contribuyentes a cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo establecido, a fin de evitar recargos y mantener al día sus responsabilidades tributarias. Para más información y asistencia, se encuentra disponible el sitio web oficial de la DGI, así como canales de contacto directo con la institución.