Denuncian director de Attt por abuso de autoridad

La denuncia interpuesta está relacionada con la autorización otorgada por Ordóñez, una agencia publicitaria para poder interrumpir, ayer domingo, el tránsito vehicular por la vía del puente Centenario a la altura de la comunidad de Paraíso, para filmar un video comercial.
La tránsito por la vía del Puente Centenario estuvo detenido por una media hora.

La tránsito por la vía del Puente Centenario estuvo detenido por una media hora.

Por: Redacción / Web -

Panamá- Una denuncia penal contra el director de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre ( Attt ), Carlos Ordóñez, por posible comisión de los delitos de abuso de autoridad e infracción de deberes de un servidor público en perjuicio de la población panameña, interpuso el activista Christian Ábrego, ente la Fiscalía Metropolitana de Atención Primaria del Ministerio Público.

La denuncia interpuesta por Ábrego, en representación de la Fundación Conciencia Ciudadana, está relacionada con la autorización otorgada por Ordóñez, una agencia publicitaria para poder interrumpir, ayer domingo, el tránsito vehicular por la vía del puente Centenario a la altura de la comunidad de Paraíso, para filmar un video comercial.

La fundación basa su denuncia en lo contenido en los artículos 355 y 356 del Código Penal. El artículo 355 establece que: "El servidor público que, abusando de su cargo, ordene o cometa en perjuicio de alguna persona un hecho arbitrario no calificado específicamente en la ley penal, será sancionado con prisión de uno a dos años o su equivalente en días- multa o arresto de multas de semana".

Por su parte, el artículo 356 establece que: "El servidor público que, ilegalmente, rehúse, omita o retarde algún acto propio de su cargo será sancionado con prisión de seis meses a un año o su equivalente en días-multa o arresto de multas de semana" .

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Desde el punto de vista de la Fundación Conciencia Ciudadana "Es inconcebible para la ciudadanía que el interés personal de una persona se anteponga al interés colectivo y se afecten los derechos constitucionales de grueso calado por complacer el mero capricho de una persona, sobre todo con el apoyo de funcionarios y autoridades públicas que están institucionalizadas para proteger en vida, bien y honra los intereses de los particulares y no cometiendo abusos e infracciones de sus deberes, cerrando un puente de trascendencia internacionaly pulsardo el derecho de circulación de terceros por más de 30 minutos, por una foto injustificable, sobre todo cuando los panameños del área oeste de la Ciudad, hemos pagado con creces (abundantemente) la reparación de estas vías, que el gobierno realiza sobre horas en la que se produce la mayor aglomeración de vehículos y así mejorardo la calidad de vida de todos los panameños ”.

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