Fiestas Patrias: ¿Cómo deben pagarte si trabajas?

Los trabajadores que laboren los días 3, 5 ,10 y 28 de noviembre tendrán derecho a recibir un recargo de 150% sobre su jornada laboral ordinaria
En total, hay cuatro días de descanso obligatorio y dos días irregulares. Foto: Archivo

En total, hay cuatro días de descanso obligatorio y dos días irregulares. Foto: Archivo

Por: Maricarmen Camargo/[email protected] -

Se acercan los días patrios, fechas que marcan un periodo de descanso en Panamá, los panameños disfrutan de feriados y libres.

En total, hay cuatro días de descanso obligatorio y dos días irregulares, que se pagan con recargos si se trabaja.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) informó que se consideran días puentes, los lunes 4 y 11 de noviembre, esto, porque el 3 y 10 caen domingo. La norma establece que, si el día de fiesta o duelo nacional cae domingo, el día de descanso será el lunes inmediato.

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La institución destacó que los trabajadores del sector privado que laboren los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre de 2024, tendrán derecho a recibir un recargo de 150% sobre su jornada laboral ordinaria de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el artículo No.49 del Código de Trabajo.

En tanto, destaca que los trabajadores que laboren los lunes 4 y 11 deberán percibir, además de su salario normal, un recargo de 50%.

Calendario de días libre por fiestas patrias 2024:

-Domingo 3 de noviembre: Separación de Panamá de Colombia (puente el 4 de noviembre)

-Lunes 4 de noviembre: día de los Símbolos Patrios.

-Martes 5 de noviembre: Consolidación de la Separación de Panamá de Colombia

-Domingo 10 de noviembre: Grito de Independencia de Panamá de España (puente el día 11 de noviembre)

-Jueves 28 de noviembre: Independencia de Panamá de España.

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