Amparo por violaciones al Principio de Especialidad
En el recurso, presentado por la abogada Shirley Castañeda sustentó que el tribunal vulneró el debido proceso de su representado porque dictó sustracción de materia a pesar de que el objeto y los hechos de la incidencia presentada en su momento por Cordobés Jean Pierre Miranda, parte del equipo legal de Martinelli, era distinto al fallado por la jueza Marquínez.
Amparo por violaciones al Principio de Especialidad
Por: Redacción / Crítica Impreso -
El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales en su sentencia del 24 de octubre de 2023 en la que ratifica la decisión de la jueza Baloísa Marquínez en contra de Ricardo Martinelli, declaró sustracción de materia las violaciones denunciadas al principio de especialidad del que goza el expresidente, por lo que su defensa presentó un amparo de garantías este miércoles.
Esta decisión del tribunal se tomó a pesar de que los abogados del candidato presidencial denunciaron con pruebas, violaciones al principio de especialidad entre el 11 de junio de 2018 y el 17 de febrero de 2020, cuando la fiscalía realizó diligencias de investigación a pesar de que no tenía competencia funcional.
En el recurso, presentado por la abogada Shirley Castañeda sustentó que el tribunal vulneró el debido proceso de su representado porque dictó sustracción de materia a pesar de que el objeto y los hechos de la incidencia presentada en su momento por Cordobés Jean Pierre Miranda, parte del equipo legal de Martinelli, era distinto al fallado por la jueza Marquínez.
En el amparo se sostiene que el tribunal no entró a analizar las pruebas ilícitas obtenidas en el periodo durante el cual no se podían realizar actos de investigación contra Martinelli al mantener vigente el principio de especialidad.
Además, contraviene el orden constitucional, debido a que no se cumplió el trámite legal establecido para llevar a cabo la investigación, porque goza del principio de especialidad que establece que no podía ser investigado ni procesado por una causa distinta por la cual fue requerido por el Estado panameño.
En otras palabras, el Tribunal Superior en vez de atender esta solicitud no la tomó en cuenta y se apoyó en la resolución de la jueza Marquínez que, precisamente, había sido apelada.
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A Martinelli se le violó el principio de especialidad ya que fue objeto de un proceso de extradición que ocasionó su entrega a las autoridades panameñas el 11 de junio de 2018 , para ser enjuiciado únicamente dentro del proceso pinchazos.