TE resuelve no viable reconsideración presentada por diputados al PARLACEN
El documento que lleva las firmas de los tres magistrados de TE, advierte que el Tribunal Electoral considera que no hay mérito alguno para variar el criterio adoptado en el Acuerdo 30 de 24 de mayo de 2012.
El TE advirtió que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la Ley 78 de 11 de diciembre de 2009, sin entrar a ningún tipo de consideración sobre los efectos de dicha declaratoria en cuanto a la reviviscencia o no de la Ley 2 de 16 de mayo de 1994 y de la Ley 4 de 27 de enero de 2005, en virtud de las cuales Panamá ratificó los instrumentos jurídicos que nos vincularon a dicho Parlamento.
Agrega el referido fallo que