Sucesos - 22/5/15 - 04:15 PM

MP:delito difundir imágenes o videos de pornografía infantil

Explicó la fiscal Meléndez que el hecho de difundir y distribuir este tipo de imágenes o video también puede ser sancionado

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Tan responsable es el que el que difunde una imagen de pornografía infantil en las redes, o través de cadenas en el celular, como la persona que elaboró el material, sostuvo la fiscal primera de circuito especialista en Delitos Sexuales, Katya Meléndez. Explicó la fiscal Meléndez que el hecho de difundir y distribuir este tipo de imágenes o video también puede ser sancionado, e incurre en un delito que se penaliza igual que la persona que lo elaboro, debido a que altera el desarrollo psicosocial de la víctima, así como su inocencia, su imagen y su salud mental. “De enero a la fecha en que estamos, hemos recibido más de 400 expediente en los cuales el 80% de ellos son menores de edad, en muchas ocasiones la gran mayoría de los menores son abusados por personas dentro del vínculo familiar o por personas allegadas a la familia”, señaló la fiscal especializada en Delitos Sexuales. Al referirse a los casos que le llegan a su despacho. Al tiempo que indicó Meléndez que es preocupante el comportamiento de este delito, especificando que en los últimos años la cifra se ha elevado, todo esto sin sumar la cifra negra. Sostuvo la fiscal primera de circuito: “Se trata de un aumento que debe generar una alerta, es un delito que no se le puede resarcir lo afectado su desarrollo a la víctima, que tal vez se vea afectado para el resto de su vida. Detalló la fiscal Meléndez que entre los delitos sexuales más comunes se encuentran la violación y la violación técnica, está última consiste en la relación sexual que sostiene un adulto con una menor de 13 años hacia abajo, quien no está legalmente capacitada emocionalmente, y por lo cual, la norma considera que se trata de un delito agravado por lo que las penas son altísimas. Señaló también como otros tipos comunes del delito las relaciones consentidas con menores de edad entre 14-17 años, actos libidinosos menores de edad pequeños, pornografía infantil, aclarando que el adulto siempre va a ser el responsable, puesto que el o la menor no tiene responsabilidad cuando se trata de filmación de pornografía infantil. Indicó, que cuando se detecta que el niño o niña está dentro de un ambiente de riesgo, la misma familia muchas veces toma la decisión de sacar a este menor del hogar, otra veces se presenta ante los juzgado, por lo que es muy probable que se le otorgue a otros miembros de la familia su custodia provisional o en última instancia a un albergue. Enfatizó la fiscal Meléndez que la educación sexual es necesaria, la cual es una labor conjunta del hogar y centro educativos, reforzando a la vez los valores, principios y autoestima de los menores. Puntualizo manifestando que el Ministerio Público mantiene un alto porcentaje de condenas por este tipo de delito. Acreditación de los hechos vinculación de personas responsables lo que han filmado o han presenciado el hecho permitiéndolo

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