Tribunal le niega trabajo comunitario a "El Tachi"

"El Tachi" fue condenado a cinco años de prisión por posesión ilegal de arma de fuego
Tribunal le niega trabajo comunitario a "El Tachi"

Tribunal le niega trabajo comunitario a "El Tachi"

Por: Redacción/ Web -

Panamá- El Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá, conformado por los magistrados Diego Fernández (presidente), Evangelina Antinori y Gustavo De Gracia, resolvieron, de forma unánime, confirma la decisión emitida por la juez de Cumplimiento, Elizabeth Berroa, quien no admitió la suspensión de la ejecución de la pena a Eustacio Fidel Guerra, del cantante de regae conocido como “El Tachi”, hasta que el Primer Tribunal Superior de Justicia no resuelva un amparo de garantías constitucionales.

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Este Tribunal consideró que no es competente para ordenar la revocatoria de trabajo comunitario, ni de la pena impuesta, y tampoco es viable volver a analizar una confirmación por un Tribunal Superior de Apelaciones, toda vez que la misma se encuentra en firme, decisiones que fueron emitidas en audiencias del 22 de junio y luego confirmada el 11 de julio.


La defensa particular Gilberto Cruz pidió que mientras se definía el amparo de garantías presentado ante la Corte, se suspendiera la pena de prisión y se sustituyera por un trabajo comunitario, solicitud que fundamentó en el artículo 2615 del Código Judicial y argumentó otros hechos basado en el artículo 56 de la Constitución Política, referente a la familia, así como que con su representado no hay peligro de fuga.


Por su parte, la fiscal de Cumplimiento, Elizabeth Franco, mencionó que en la audiencia del 11 de julio la defensa presentó copia simple del amparo de garantías, y que fue declarado no viable por la juez de Cumplimiento al no tener la certeza de que fuera admitido por la Corte Suprema de Justicia y que el trabajo comunitario fue revocado por incumplimiento parcial de las penas impuestas.


Eustacio Guerra, "El Tachi” fue condenado, en el 2017, a la pena de 60 meses de prisión, la cual fue sustituida por trabajo comunitario, que fue revocada por cumplimiento parcial. Ante esta revocatoria se interpuso un amparo de garantías de la suspensión condicional de la pena y se peticionó el 11 de julio, donde el Tribunal de Cumplimiento niegó la suspensión condicional de la pena.


El sentenciado, por el delito contra la seguridad colectiva, en la modalidad de posesión de armas y tráfico y explosivos, cumple su pena en el centro penitenciario de Tinajitas.



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