Impulsan turismo nocturno en la ciudad a través decreto "Berenjena"
El decreto introduce dos zonas especiales: Calzada de Amador y Casco Antiguo de Panamá.
Con el objetivo de promover el turismo de entretenimiento y fortalecer la economía nocturna en el Distrito de Panamá, la Alcaldía ha emitido el Decreto Alcaldicio N°12-2024, que regula los horarios de operación de los establecimientos comerciales dedicados al expendio de bebidas alcohólicas como actividad principal. Este decreto entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
La medida no modifica los horarios generales establecidos para estos comercios, que continúan siendo los siguientes:
Domingo a miércoles: de 9:00 a.m. a 3:00 a.m. del día siguiente.
Jueves a sábado: de 9:00 a.m. a 4:00 a.m. del día siguiente.
No obstante, el decreto introduce dos zonas especiales, denominadas zonas de esparcimiento nocturno o zonas de diversión nocturna, en las cuales los establecimientos que cuenten con permisos nocturnos y cumplan con los requisitos legales podrán operar sin restricción horaria, siempre que sean clasificados bajo el nivel 2, artículo 2-A de la Ley 55 de 1973. Las zonas especiales son:
La Calzada de Amador, desde la calle Van Hock hasta la Isla Flamenco.
El Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de Panamá.
Además, se establece que los hoteles y salones de eventos están exentos de las restricciones horarias, siempre que las actividades se realicen a puerta cerrada, se respeten las normas de ruido establecidas, no se genere ruido hacia el exterior y se mantenga vigente el Informe Previo Favorable (IPF) y el Permiso Nocturno expedidos por la Alcaldía de Panamá.
La Alcaldía reitera que este decreto mantiene en vigor las normas municipales relacionadas con la generación de ruido.