Otorgan prórroga para declaración jurada
Guillermo Domínguez, Director de Administración Tributaria del Municipio de Panamá, señaló que el Acuerdo 40 de 24 abril de 2012 establece en su artículo 7, la exoneración del pago de la multa de 500 balboas por la no presentación de la declaración jurada.
Los beneficiarios con la nueva medida son todos aquellos contribuyentes que realicen el trámite de declaración jurada antes del 31 de julio de 2012 y que la suma de sus aforos mensuales sea igual o menor a B/.40.00, explicó Domínguez.
En el acuerdo no aplican para esta prórroga, los contribuyentes cuyos impuestos mensuales, sean mayor a 40 balboas luego de presentar la declaración jurada.
Transcurrido el 31 de julio de 2012, no habrá ningún tipo de exoneración a la multa de 500 balboas, para los contribuyentes que no presenten la declaración jurada.
Toda persona jurídica o natural que establezca en el distrito un negocio, empresa o actividad gravable, debe comunicarlo inmediatamente a la Tesorería Municipal, para su clasificación e inscripción en el Registro de Contribuyentes.